Escrito por Agencia AYC
La Audiencia Provincial ha condenado a dos años de prisión a uno de los acusados en un desembarco de 2.350 kilos de hachís en enero de 2002 en San Pedro del Pinatar y ha absuelto a otros dos imputados, mientras que otras tres personas que fueron detenidas por la Guardia Civil siguen en rebeldía. El tribunal harebajado la pena por este delito al aplicar la atenuante de dilación indebida a la persona condenada al considerar que se produjo un "retraso absolutamente grave" imputable al órgano judicial que llevó la instrucción.
El juicio se celebró el día 8 de noviembre, pero no pudo concluir al faltar un testigo, reanudándose el día 30 del mismo mes. La Fiscal solicitó penas de 5 años de cárcel para cada uno, pero en sus conclusiones rebajó la solicitó a 3 años al estimar que era evidente la aplicación de la atenuante de dilaciones indebidas. El abogado de la defensa, Manuel Maza, solicitó la absolución de los tres acusados.
El desarrollo de las dos sesiones del juicio puede leerse en las informaciones:
Juzgan a un grupo que descargó 2.350 kilos de hachís en playas de San Pedro del Pinatar
El juicio por el desembarco de hachís en San Pedro se reanudará el día 30
Rebajan las condenas a unos acusados de narcotráfico por el retraso del proceso judicial
Indicios de culpabilidad
La sentencia de la sección quinta de la Audiencia, a la que ha tenido acceso 'www.cartagenadeley.com', aborda en primer lugar la situaciónde Abdelillah T., para quien considera que existen indicios de gran entidad sobre su participación en la descarga de fardos de droga. Fue visto por la Guardia Civil corriendo por la playa de Torre Derribada y El Mojón a las dos de la mañana cerca de la droga, llevaba las ropas mojadas y la documentación y el dinero dentro de una bolsa de plástico, no se detuvo al ser advertido por los agentes, se resistió a ser detenido y no justificó en el juicio su presencia en la playa. "Su explicación fue confusa".
Respecto al atentado contra el agente, el tribunal da como probado que sacó una navaja, aunque no llegó a utilizarla, y que ofreció "una gran resistencia, fuerte y violenta".
Contradicciones con el atestado
Respeto a sus hermanos, el tribunal considera que no se altera la presunción de inocencia porque es cierto que residen en Santomera y que pudieron estar allí para recoger a su hermano, además de que el vehículo no era el apropiado para cargar la droga. "Los indicios son de escasa entidad", apunta el fallo.
También se reseña que los agentes de la Guardia Civil se contradijeron sobre quién era el conductor y si los ocupantes del vehículo llevaban las ropas mojadas. Tampoco coinciden sus declaraciones con el atestado, donde figuran dos ocupantes mientras que en el juicio se apuntaron cinco.
"Retraso judicial grave"
La actuación policial tuvo lugar el 16 de enero de 2002 y el juicio se celebró en noviembre de 2009. El tribunal estima que han existido dilaciones indebidas muy cualificadas para reducir las penas, pues en diciembre de 2002 ya estaba acaba la instrucción, pero después el proceso estuvo paralizado únicamente imputable al órgano judicial. La causa estuvo sin trámite alguno durante dos años y medio y después se tardó un año más en darle traslado a la defensa. "Es un retraso absolutamente grave", indica. En la audiencia entró la causa en julio de 2008 y se fijó el juicio para septiembre de 2009, siendo suspendido y celebrándose finalmente en noviembre.