Sentencias totalmente opuestas en torno a un robo que finalmente no fue

La Audiencia Provincial ha revocado una sentencia condenatorio contra una ex pareja que fue acusada de robar en una vivienda. Tras el juicio, un juez consideró que existían indicios suficientes para condenarles con penas de cárcel y el pago de más de quince mil euros, pero en la Audiencia la lectura resultó totalmente diferente, considerando los magistrados que no existían pruebas para inculparles, absoviendo a ambos de ese delito.



La primera parte de esta causa se desarrolló el 30 de marzo de 2009 en la sala de vistas y en la posterior sentencia del juez, que condenó a año y medio de cárcel por robo con fuerza y ocho meses más por apropiación indebida, además de pagar 906 euros de multa y 14.835 euros de indemnización a la propietaria de la vivienda. El juez consideró que existían suficientes indicios para dar como probado que los acusados forzaron, en enero de 2003, la cerradura de una vivienda que antes habían tenido arrendada y que se llevaron de su interior un colchón de cuna, siete juegos de sábanas de cuna, dos protectores de colchón, una hamaca infantil y otros efectos de ajuar de bebé, 48  toallas, 3 cuadros al óleo, chaquetones y zapatos diversos, tres cadenas de plata, once sortijas de plata, un semanario, un reloj, dos televisores, una cámara de video, un radio-cassete, secadora, mobiliario y menaje de la vivienda, además de provocar daños.

Las procuradoras Milagrosa González y Soledad Para y los abogados Ángel Cegara y Adela Blanco recurrieron el fallo al considerar que los indicios en que se basaba el juez no eran suficientes para condenar a sus clientes, mientras que la Fiscalía y la acusación particular reclamaron al tribunal de la Audiencia la confirmación de la sentencia.

La nueva sentencia, fechada la pasada semana, indica que la sala de la Audiencia no considera probado "que existan indicios de suficiente entidad como para entender la participación de los apelantes en el robo y en la apropiación indebida por la que han sido condenados. Estamos en presencia de un proceso con una absoluta falta de prueba que impide poder ni siquiera aplicar la prueba de indicios con una razonable seguridad, por lo que al existir evidentes dudas sobre todos los aspectos fundamentales de la acusación, no puede darse otra solución que la estimación del recurso y la absolución de los apelantes de los hechos denunciados".

Esas dudas comienzan por los objetos del interior de la vivienda, que no fueron acreditados.  "Es cierto que es imposible mantener los documentos  acreditativos de la compra de todos los enseres que se pueden guardar en una casa,  pero alguno sí debería de mantenerse... nada se aportó por la acusación" salvo una relación que no puede servir de base probatoria, explica. "Tampoco se practicó ninguna prueba policial de reconocimiento del inmueble al objeto de acreditar si efectivamente tales objetos habían desaparecido del mismo".  Otro detalle que reseñan es que

Respecto a la versión de un testigo, se indica que esta persona "vio a un hombre y una mujer sacar cosas de la  vivienda, pero no les vio las caras por lo que no puede identificar a los acusados en el plenario y tampoco sabe si los bienes eran de la denunciante. Si el único testigo directo de la sustracción no puede identificar ni a las personas que sacaban los muebles ni si los objetos eran propiedad de la denunciante, poco valor tiene su testimonio como indicio acusatorio". Por lo que aseguran que la prueba de cargo queda en la versión de la propietaria contra la emitida por la pareja, que en todo momento lo negó.

También se destaca en la sentencia la extrañeza de que se denuncia el robo en una vivienda de la Barriada Hispanoamérica de la que no se aportó el contrato de arrendamiento con los acusados y sí se entrega otro de otra casa de Los Dolores. Otro dato es que la denuncia se presentó el 6 de enero, un día después de que la casa se quedase deshabitada y se acusó a la pareja, cuando resulta que el hombre había abandonado el inmueble un mes antes por separación del matrimonio.

 

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