Jueves, Mayo 02, 2024
   
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Plazas para funcionarios dirigidas a personas con discapacidad intelectual

El Boletín Oficial del Estado de hoy 18 de diciembre publica una resolución de la Dirección General de la Función Pública del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas por las que se procede a la convocatoria de proceso selectivo para cubrir 70 plazas reservadas a personas que acrediten discapacidad intelectual.

Con esta decisión administrativa, se inicia proceso selectivo para cubrir como personal laboral fijo de la Administración General del Estado, con la categoría de Ayudante de Gestión y Servicios Comunes (Ordenanza), 70 plazas reservadas para ser cubiertas por personas que acrediten discapacidad intelectual.

Las plazas objeto de convocatoria se reparten por casi todas las provincias, destacando las 11 de Madrid, la 4 de Cuenca o las 3 de Lleida.

Este proceso selectivo es el más elevado en numero de plazas reservadas a personas con discapacidad intelectual desde que en 2011, gracias a una propuesta del CERMI, se modificó la ley de función pública y se creó una subcuota específica para personas con discapacidad intelectual (del 2 % dentro del 7 % global de toda la oferta de empleo público).

Enlace al BOE:
http://www.boe.es/boe/dias/2015/12/18/pdfs/BOE-A-2015-13800.pdf

 

Actualización del cuadro de indemnizaciones de deportistas federados

El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) ha reclamado al Consejo Superior de Deportes (CSD) del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte una actualización de la normativa y del cuadro de indemnizaciones del seguro obligatorio de deportistas federados, pues no cubre las situaciones de discapacidad sobrevenida a consecuencia de la práctica deportiva.

En el escrito dirigido al CSD, el CERMI señala la injusta situación de los deportistas españoles federados que como a causa de la práctica deportiva oficial sufren una lesión de importancia y adquieren una discapacidad permanente, por insuficiencia de la cobertura aseguradora.

La protección aseguradora de los deportistas federados está regulada en el Real Decreto 849/1993 de 4 de junio por el que se determinan las prestaciones mínimas del seguro obligatorio deportivo, que no ha sido modificado ni actualizado, ni en sus cuantías indemnizatorias ni en sus conceptos cubiertos, desde que se aprobó hace más de 20 años, lo que deja desprotegidos de modo grave a los deportistas con discapacidad sobrevenida por accidente o lesión.?

Al CERMI, ha llegado recientemente el caso de un deportista federado (rugby) que mientras practicaba esta disciplina sufrió un accidente cuyas secuelas han devenido en una tetraplejia. La indemnización que el Real Decreto citado prevé para estos supuestos es de 12.000 euros, cantidad absolutamente ridícula, que casi resulta ofensiva e hiriente para una persona en estas circunstancias, que requerirá apoyos intensos -personales, sociales y sanitarios durante toda su vida.

La obsolescencia del cuadro indemnizatorio del Real Decreto y su falta de adecuación a la realidad de nuestros días, es tan evidente, que el CERMI considera necesario que por parte del CSD se promueva con urgencia su actualización, procediéndose de inmediato a poner al día las cuantías de resarcimiento -mecanismo que la propia norma prevé, pero que desde 1993 no se ha llevado a cabo nunca-.

También se debe revisar profundamente el resto de su contenido para ampliar e intensificar coberturas, de modo que este seguro obligatorio responda al fin para el que nació, proteger efectivamente a los deportistas federados contra las consecuencias negativas en su salud y en su integridad derivadas de la práctica deportiva.

 

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