Jueves, Marzo 28, 2024
   
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De mi puño y tekla: Globalización del pánico

Tras los terribles sucesos de París y Mali, nuevamente vivimos asustados e instalados en una permanente duda y eso es lo terrible de nuestra situación  y sin que nadie nos pueda garantizar como superar el trance. Abrimos fronteras, procuramos facilidades y ahora, con tal forma de actuar ya no sabemos si estamos metiendo en nuestras casas a la hidra de las siete cabezas, a la cual no solo le proporcionamos refugio y entregamos confianza ignorantes de  como la utilizarán. Por el momento, depende de los distintos gobiernos el respaldar y ampliar los planes de seguridad de los países implicados.
Las decisiones que se toman por el temor a nuevos ataques de esta tropa de canallas, no siempre resultan ser las más acertadas. Corremos el peligro de que el IS, con  la facilidad actual para acceder a cualquier tipo de armamento , explosivos  e incluso el empleo de dañinos productos químicos ante futuros atentados,  adquiera dimensiones muy superiores. Llegado es el momento de olvidar reticencias y sacrificar algo de nuestra libertad en pro de la necesaria protección tal como han reconocido 7 de cada 10 franceses cuyo sentido de la democracia está más que reconocido.
Cuando leemos que  en Francia residen cinco millones de musulmanes y pensar que con solo un 1%, es decir, 50.000 ciudadanos, puedan vivir amargados,  sin empleo y cargados de odio, al margen de que practiquemos religiones e idiomas diferentes, el sentimiento de venganza es permanente  y habita en su ADN aunque solo sea para ejercer el  revanchismo.
Por el momento y como siempre, para demostrar la gran preocupación de gobiernos y políticos, se convocan reuniones del  mayor alto  nivel, tratando de encontrar soluciones, unido a las manifestaciones de solidaridad requeridas y obligadas, buscando una seguridad que el miedo nos impide asimilar, pero necesarias para resaltar nuestra afinidad contra el terrorismo.  Inicialmente se apela a la cortesía política, pero en estos momentos la diplomacia se convierten en algo inútil que en nada ayuda y menos soluciona. Los radicales islámicos están demostrando saber organizarse repartiendo el pánico más cruelmente.  Han aprendido a administrar mejor sus recursos y asesinan con una impunidad inaudita,  que posteriormente los medios de comunicación se encargan de que la noticia en minutos de la vuelta al mundo.
Dado el ingente volumen de ingresos con que cuenta la Yihad procedentes del petróleo, secuestros, trata de blancas, droga, donaciones, etc., utilizan un tipo de terrorismo más sofisticado que no orientan hacia los dirigentes políticos, sino hacia a una sociedad indiscriminada, normal e inocente. a sabiendas que con tales exterminios el efecto-maldad será muy superior. Su pretensión es que las matanzas en masa  se convierta en un desafío global  muy difícil de evitar para el mundo occidental, lo que nos obliga a contar con la colaboración de la comunidad internacional, sin escatimar recursos y mantenida a lo largo del tiempo. Justo es reconocer que muchos españoles, aunque siempre existen excepciones, sentimos envidia por el ejemplar comportamiento de la ciudadanía francesa y sus políticos  ante la barbarie padecida.
De alguna forma habrá que terminar con las salvajadas de estos bárbaros y en lo que a España respecta, gozamos con unos magníficos cuerpos de seguridad, investigación y ejército cuya eficacia y disciplina está más que demostrada de lo que nos sentimos altamente orgullosos.
 

La importancia de acudir a juicio con abogado

Asistir a juicio bajo la dirección de letrado puede marcar la diferencia entre tu culpabilidad o tu inocencia. Si bien es cierto que en determinados procesos judiciales no es obligatorio asistir con letrado, si es altamente recomendable, máxime desde la reforma este último verano del Código Penal, donde las ‘faltas’ han desaparecido para ser sustituidas por el llamado ‘delito leve’, que a diferencia de las faltas si genera antecedentes penales hasta seis meses después de la extinción de la pena.
Véase como ejemplo de lo relatado en el presente cuerpo, la reciente sentencia donde es el denunciado quien acude a juicio con abogado y no así el denunciante. Pese a que como cuestión previa la letrada solicita el archivo del procedimiento por considerar la falta de infracción penal, no siendo admitido éste por oponerse la parte denunciante, finalmente se absuelve al acusado del delito leve de maltrato sin lesión y se condena en costas a la parte denunciante.
El caso en cuestión tuvo como marco el juzgado de Instrucción número 1 de Cartagena el pasado 13 de octubre, siendo el origen la denuncia interpuesta diez días antes por ESM contra JACS por un posible delito leve de maltrato sin lesión ocurrido en la calle Real de Cartagena.
El denunciante afirmó que circulaba con sus hijos en bicicleta por la calle Real, y que al legar al pso de peatones, el vehículo del denunciado no se detuvo y le llamó la atención, diciéndole que era un paso de cebra y que debía cruzarlo sin ir montado sobre la bicicleta. Continúa el relato indicando que se puso un poco violento y el denunciante le llamó ‘chulo putas’, respondiendo el denunciado con golpes con el puño en la cara y en la cabeza, que también le ocasionaron la rotura de las gafas.
El denunciado, quien estuvo defendido por abogada, por su parte dijo que detuvo el vehículo y, al ver al denunciante mover las manos, se bajó del turismo y le dijo que cruzase sin bicicleta, y que entonces el denunciante le dijo ‘hijo de puta’ y se cagó en sus muertos, cuando resultado que volvía del tanatorio del entierro de un familiar. Añadió que es cierto que con los dos dedos golpeó el casco en la zona de la cabeza, pero no en la mejilla.
La jueza expone que el parte del médico de Urgencias y el informe forense sólo reflejan dolor en hemicara derecha postraumático, sin que consten lesiones en el segundo informe. También apunta que el denunciante ‘olvidó’ en Comisaría declarar que además de la cabeza también recibió golpes en la cara y que le rompieron las gafas.
Como sólo están las pruebas “de las versiones contradictorias”, apunta la jueza, “el posible delito leve de maltrato sin lesión no ha quedado debidamente acreditado”, para después apuntar que el hecho de golpear levemente con los dedos el casco podría tener encaje en la antigua falta de vejaciones injusta, actualmente despenalizada. Así, JACS es absuelto y se declaran las costas procesales de oficio.
 

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