Viernes, Marzo 29, 2024
   
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OCU celebra la sentencia europea por IRPH que abre la puerta para reclamar que cerró el Supremo

La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) anima a los afectados a reclamar ante entidades financieras tras la decisión del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que permite a los tribunales someter a control de transparencia la comercialización que hicieron las entidades financieras de los préstamos IRPH (Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios.

  • OCU pide al Gobierno que tome medidas para evitar el colapso judicial y permita una solución extrajudicial que agilice las reclamaciones de los afectados

Declaraciones de Ileana Izverniceanu, directora de comunicación y relaciones institucionales de OCU:





La Organización de Consumidores y Usuarios OCU celebra la sentencia dictada hoy por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que permitirá a los jueces españoles valorar el carácter abusivo de las condiciones de comercialización de las hipotecas referenciadas al IRPH en contra del criterio aplicado por nuestro Tribunal Supremo.

La sentencia ha seguido el criterio del abogado general y de la Comisión Europea, que consideraban que debe garantizarse el control judicial sobre el carácter abusivo de una cláusula, de acuerdo con la normativa de protección de los consumidores. El TJUE, una vez más, ha modificado la doctrina del Tribunal Supremo de diciembre de 2017 que estableció que el IRPH al ser un índice oficial publicado en el BOE y utilizado por diversas entidades financieras en sus ofertas comerciales resulta fácilmente accesible para un consumidor medio y por tanto no es abusivo.

Para OCU la sentencia permite de nuevo reclamar a los afectados por el IRPH por la falta de transparencia y las deficiencias en la comercialización que les llevaron a contratar una hipoteca que ha resultado ser 1.200 euros anuales más cara que la que usaba como referencia el Euribor. En este sentido el TJUE considera que “las cláusulas que fijen los contratos de préstamo hipotecario a un tipo de interés variable no solo deberán ser comprensibles para un consumidor medio”. En especial el TJUE señala que, para cumplir con el requisito de transparencia, las entidades financieras debían haber informado del “modo de cálculo de tipo de interés en el boletín oficial” y también sobre “la evolución histórica del índice en que se basa dicho cálculo”. Estas circunstancias van a determinar si el IRPH se comercializó de forma adecuada.

Además, de forma muy positiva, el TJUE establece que el juez podrá sustituir el IRPH, en caso de considerar su comercialización abusiva, por el Euribor para evitar las consecuencias que para los consumidores tendría la resolución del préstamo.

OCU recuerda que, una hipoteca referenciada al IRPH ha pagado entre un 1,5% y un 3% más que el mismo crédito referenciado al EURIBOR. Para un préstamo tipo de 150.000 euros, referenciado a IRPH de cajas más 0,25%, ha pagado 28.525 euros más que si hubiera estado referenciado al EURIBOR. OCU estima que en total los bancos españoles deberían devolver a los consumidores alrededor de 37.000 millones que han cobrado de forma abusiva.

A la luz de esta sentencia OCU recomienda a todos los afectados que valoren la posibilidad de iniciar una reclamación ante las entidades, para ello ha puesto en marcha una campaña que tiene como objetivo informar y ayudar a los consumidores afectados a reclamar la nulidad de las hipotecas con IRPH y pedir que se sustituya por el Euribor, así como la devolución de las cantidades pagadas de más, incluidos los intereses de demora. Además, ha habilitado el teléfono 900/907483 para informar a los consumidores afectados

Por último, ante la previsible avalancha de demandas judiciales, OCU pide al Gobierno que tome medidas urgentes para evitar el colapso de los juzgados. La evidente falta de medios y la pasividad del Gobierno están causando un grave perjuicio a los consumidores que reclaman justicia ante una nueva actuación abusiva de los bancos. OCU pide la creación de un mecanismo extrajudicial equilibrado que permita la resolución rápida de las reclamaciones y que se penalicen los recursos judiciales de la banca que pierde el 96% de las demandas que solo sirven para atascar los juzgados y desincentivar la justa reclamación por parte del usuario.

OCU es una organización sin ánimo de lucro e independiente, gracias el apoyo de sus más de 250.000 socios. Como organización de consumidores, OCU tiene como objetivo contribuir e influenciar, para conseguir el bienestar común de todos los consumidores en España, con trasparencia y ofreciendo contenidos e informaciones cercanas y útiles que hacen posible que los consumidores se enfrenten a la contratación de servicios y adquisición de productos bien informados.





 

 

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