Jueves, Abril 25, 2024
   
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La Audiencia absuelve al padre acusado de suministrar cocaína a su hija de 22 meses

El tribunal de la sección quinta de la Audiencia Provincial ha absuelto al padre de la niña que dio positivo en cocaína en unos análisis de orina practicados en el hospital Naval al entender que no queda probado "un suministro de cocaína directo intencionado del padre hacia la menor", se indica en la sentencia, a la que ha tenido acceso www.cartagenadeley.com



La información sobre el desarrollo del juicio, en el que Yolanda Cuadrado representó a la Fiscalía y María José Roldán a la defensa, está en el enlace:

En la sentencia, el tribunal considera de que por el hecho de permanecer sólo con la niña un par de horas en el hospital el día del análisis y que él consumiera cocaína, no existe prueba de que el padre la suministrara. Respecto al informe forense, efectuado al pelo de la menor y que detectó la presencia de cocaína desde hacía cuatro meses, no se demuestra el suministro voluntario y se especula que pudo deberse al humor de los cigarrillos de cocaína que fumaban en el domicilio el padre y el abuelo o por el contacto del chupete de la niña con restos de la sustancia. En este caso fue importante el testimonio de una de las pediatras del hospital que aseguró que puede llegar la sustancia al organismo como 'fumador pasivo' si el humo se acumula en un espacio reducido.

Respecto a las acusaciones de abandono de familia para el padre y la madre, condena al padre al indicar que, si bien no está demostrado que suministrase cocaína a su hijo, sí está demostrado que la niña la ingirió en su domicilio y que el padre debió adoptar las medidas oportunas para que esto no sucediera, derivándose un riesgo contra la salud de la hija. A la madre la absuelve porque no manipulaba ni consumía la droga, además de que al padecer un retraso cognitivo no conocía ni podía evitar esa ingesta de droga.

Al padre también se le condena a la inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad sobre la menor durante tres años pues el padre no ha dejado el consumo de cocaína y la menor seguiría en la misma situación de riesgo. También emplaza al Ministerio Fiscal para que inste las medidas oportunas en relación a la protección de la menor.

 

Juzgado: sección quinta de la Audiencia Provincial, en Cartagena. Tribunal formado por José Manuel Nicolás, Matías Soria y José Joaquín Hervás


Delitos que se juzgan: Contra la Salud Pública (los que ejecuten actos de cultivo, elaboración o tráfico, o de otro modo promuevan, favorezcan o faciliten el consumo ilegal de drogas) y Abandono de Familia (incumplimiento de los deberes de asistencia previstos en el artículo 226 del Código Penal).


Acusados: Juan M. G., de 42 años, y Laura H. P. de 22 años.


Sentencia: El padre es absuelto del primer delito y condenado a tres meses de prisión por el segundo, pena que ya cumplió en situación preventiva. También se le inhabilita durnate tres años al ejercicio de la patria potestad y deberá pagar un tercio de las costas del proceso. La madre es absuelta de la segunda acusación.

 

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