Martes, Abril 23, 2024
   
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Periciales en accidentes de tráfico

El Gobierno ha aprobado una norma que regula las periciales que realizan los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses (IMLCF) en accidentes de circulación, de manera que a partir del uno de enero los informes sobre daños corporales serán gratuitos para los perjudicados.

El Consejo de Ministros ha dado luz verde al real decreto que regula la elaboración de pericias por parte de los IMLCF a petición de particulares en los casos de reclamaciones extrajudiciales por hechos relativos a la circulación de vehículos a motor.

Este real decreto, que entrará en vigor el 1 de enero de 2016 y se aplicará a los accidentes que tengan lugar a partir de esa fecha, supone la incorporación de un nuevo mecanismo para lograr una solución rápida, segura y efectiva en aquellos siniestros en los que se produzca un daño corporal indemnizable, explica el Ministerio de Justicia en un comunicado.

La norma desarrolla la ley de 2015 que ofrece una vía alternativa a la judicial civil para que los perjudicados y las compañías de seguros puedan llegar a un acuerdo sobre la indemnización en el caso de accidente.

Así, se prevé que, en caso de que el perjudicado no esté conforme con la indemnización que le ofrezca la compañía de seguros, pueda solicitar una pericia de los daños corporales sufridos a los IMLCF, lo que le permitirá contar con la garantía de la experiencia, profesionalidad e imparcialidad que ofrecen estos profesionales.

El objetivo que persigue esta norma, destaca Justicia, es ofrecer a los particulares "un servicio pericial independiente y de calidad, que facilite la resolución extrajudicial", y también que se garantice la igualdad de trato en cualquier parte de España para el acceso de los ciudadanos a los IMLCF.

Cuando se habla de perjudicados en accidentes, la norma especifica que serán la víctima del siniestro y, en caso de fallecimiento, el cónyuge viudo, ascendientes, descendientes, hermanos y allegados, así como las entidades aseguradoras, que deberán realizar una oferta motivada al perjudicado.

La solicitud pericial al IMLCF la podrán realizar la entidad aseguradora y el perjudicado de común acuerdo y, a falta del mismo, podrá ser instada por la víctima.

En ambos casos el precio público que se fije como contraprestación de la pericia será a cargo de la entidad aseguradora y, por tanto, gratuito para el perjudicado al que se le permite optar entre el IMLCF de su domicilio o bien el del lugar donde ocurrió el accidente.

En todo caso, se solicitará el consentimiento informado y expreso de la víctima lesionada para cada prueba que se acuerde realizar, así como para el acceso a la historia clínica y para la cesión de datos a las entidades aseguradoras.

Justicia destaca que para elaborar esta norma se ha contado con la participación y consenso de diversas entidades y asociaciones, entre las que se encuentran las asociaciones de víctimas de accidentes de tráfico, el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI), la Asociación Empresarial del Seguro (UNESPA), así como el Consejo Médico Forense y representantes de médicos forenses.

 

 

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