Miércoles, Julio 03, 2024
   
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Con el nuevo Código Penal también 'se juega'

Hoy se ha suspendido por segunda vez, en la Audiencia, el juicio contra un hombre acusado de estafar 47.000 euros a una cooperativa cárnica de Pozo Estrecho. Esta vez el motivo ha sido por cambiar a última hora de abogado el imputado, quien ha conseguido que en el juicio se le aplique el nuevo Código Penal que entrará en vigor el 23 de diciembre, que es más duro en algunoas asuntos pero más 'benévolo' en otros, como es este caso de estafa.


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Le piden tres años de cárcel por estafar 47.000 euros a una cooperativa

Un acusado 'cambia' el banquillo de los acusados por la mesa de quirófano

El ministerio fiscal, en sus conclusiones, indica que el origen se sitúa en la compra, en mayo de 2001, de una cooperativa agraria de Pozo Estrecho a la mercantil Prim Grupo Empresarial de una finca rústica por 240.000 euros. A raíz de esa operación, el acusado (representante legal de Prim) manifestó su interés de adquirir a la cooperativa productos cárnicos bajo la aparente solvencia que le proporcionó el dinero ingreso por la venta de terrenos.

Sin embargo, dejó sin fondos la cuenta bancaria de la CAM donde deberían pagarse los pagarés que firmo. Incluso, un abono que recibió de 45.000 euros apenas estuvo en la cuenta pues enseguida ordenó un traspaso. El fiscal apunta que no abonó ninguno de los pagarés y que la deuda total asciende a 47.138,21 euros.

Indignación en los perjudicados

Hace mes y medio el juicio no se pudo celebrar al estar el acusado en el hospital. Esta mañana el motivo es que el nuevo abogado de la defensa (Jesús Hernández Simón reemplaza a Pedro Catalán) no ha tenido tiempo de preparar la defensa. El fiscal, David Campayo, le ha ofrecido al acusado la posibilidad de ser juzgado ya con el nuevo Código Penal, pero lo ha rechazada y seguirá demorándose el final de la causa. Como es evidente, la indignación de los perjudicados en este asunto es grande. "Está visto que muchas veces la ley favorece a los 'malos' y perjudica a los 'buenos", indican.

En qué varían las penas

Este asunto se resuelve según la Ley que impera cuando se celebra el juicio y no la que estaba regía cuando se produjeron los hechos. La pena máxima por estafa tiene, con el Código Penal actual, un máximo de 6 años de cárcel, por lo que el fiscal solicitó 3 años de prisión para P. V. F., mientras que la acusación particular (Evaritos Fernández y María Dolores Hortelano) reclamó 4. Ahora, con el nuevo Código, el máximo baja a 3 años y se quita la multa de 1.800 euros que se le pedía.

Juzgado: Sección quinta de la Audiencia Provincial en Cartagena.

Delito: Continuado de estafa (artículos 248, 249, 250.1.3º y 74 del Código Penal).

Acusado: P. V. F. y, como responsable subsidiario, Prim Grupo Empresarial SL

Petición de pena: Una indemnización de 47.138,21 euros a la cooperativa y ahora variarán las peticiones de pena de cárcel con el nuevo Código Penal.

 

 

 

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