Miércoles, Julio 03, 2024
   
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Ayuntamiento y El Corte Inglés indemnizarán a una mujer que cayó tras tropezar en una arqueta

El magistrado Juan Carlos González Barral ha condenado de forma solidaria al ayuntamiento de Cartagena y El Corte Inglés a indemnizar con 7.567,69 euros a una mujer que tropezó en una arqueta hundida en el asfalto, sufriendo diversos golpes en su cuerpo.
El 14 de mayo de 2008, sobre las siete menos veinte de la tarde, una mujer cruzaba el paso de peatones de la calle Jorge Juan a la altura de El Corte Inglés, cuando de pronto cayó al suelo, sufriendo golpes en las rodillas, pecho, tobilló y regió precordial, por lo que estuvo 90 días incapacitada, además de la rotura de las gafas y de una pulsera de oro que llevaba.

La mujer reclamó los daños al ayuntamiento, pero el 7 de julio de 2009 el concejal de Infraestructuras desestimó la solicitud. Entonces, con el asesoramiento del abogado Simón Guasp Ferrándiz, presenta una demanda judicial ante el juzgado de Lo Contencioso Administrativo número 1 de Cartagena.

El Ayuntamiento alegó que no estaban acreditados los daños y que no existía nexo causal entre el funcionamiento de los servicios públicos y la caída, señalando en ese caso como responsable a El Corte Inglés. El centro comercial, por su parte, responabilizó al ayuntamiento alegando que la arqueta era municipal.

El juez, en su sentencia, da por probado que la actora cayó debido a la concurrencia de dos elementos. Por un lado, el hundimiento de una arqueta sobre el nivel del asfalto. Por otro, la existencia de una parte de firme sin asfalto, como quedó reflejado en el material fotográfico aportado por el abogado.

Después, sobre la responsabilidad de los codemandados, aclara que el Ayuntamiento es responsable de la arqueta exterior (que no de la acometida de tuberías interior) y que El Corte Inglés es el causante del hundimiento del asfalto por el gran tonelaje de los camiones que salen de sus almacenes. Por tal motivo estima que existe coatuoría y que la responsabilidad debe ser solidaria.

 

 

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