El juzgado de Primera Instancia número 4 de Cartagena ha acogido el juicio por la demanda del propietario de un local comercial que reclama a un joyero que no cumpliese el tiempo del contrato de alquiler que ambos firmaron.
El propietario de un establecimiento ha llevado ante los tribunales, con el asesoramiento legal del abogado Alberto Truque, a un joyero que ha roto, de forma unilateral del contrato de alquiler que ambas partes firmaron para seis años. La acusación asegura que le quedan más de tres años de compromiso y que ha roto el acuerdo para ubicar su negocio en otro lugar, por lo que reclama que le abone todo el dinero establecido en el contrato como daños y perjuicios.
El contrato no contemplaba penalización alguna por la rescisión unilateral del acuerdo de un local de negocios, por lo que el asunto entra dentro del Código Civil, pudiendo exigir el perjudicado el dinero pendiente de cobro o una indemnización por daños y perjuicios.
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