![](/images/stories/noticias2/septiembre/1/mbernabe.jpg)
El juzgado Contencioso-Administrativo número 8 de Murcia fue el encargado de resolver la demanda presentada por una mujer de origen magrebí contra la resolución de la Delegación del Gobierno de la Región de Murcia, de fecha 9 de octubre de 2014, que le rechazaba la expedición de la tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión Europea al considerar que su matrimonio celebrado en julio de 2014 en el juzgado de Paz de La Unión con un vecino de la localidad fue de conveniencia, es decir, que tenía como único objeto obtener esa tarjeta.
El letrado Carlos Bernabé Pérez, del despacho Bernabé Abogados, planteó que el matrimonio se hizo sujetándose a todas las prescripciones legales, estando inscrito en el Registro Civil de La Unión, además de que se trata de un matrimonio real y que no existe prueba alguna de esa conveniencia aludida por la Delegación del Gobierno. Por su parte, el abogado del estado se opuso a la demanda.
La jueza Eulalia Martínez ha estimado la demanda, anulando la resolución de la Delegación del Gobierno, y decretando que le sea expedida la tarjeta de residencia temporal de familair de ciudadano de la UE a la mujer, basando su fallo judicial en el testimonio de una vecina unionense que afirmó que la pareja convive “como cualquier otra pareja” en el domicilio del hombre, con lo que considera que sí responde a una situación de familia real y efectiva. Contra la resolución cabe recurso de apelación.
Prohibida la publicación de fotografías de este diario digital con la marca 'CYA' en cualquier publicación o en Internet sin autorización.
Powered by Web Agency