Lunes, Julio 08, 2024
   
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Otro ‘castigo light’ para dos argelinos que trajeron una patera con inmigrantes

Al final se convertirá en una situación normal, pero ahora sigue sorprendiendo los recortes experimentados por el nuevo Código Penal en las penas dirigidas a las personas que organiza y trasladan inmigrantes a territorio español en pateras, pues en absoluto parecen proporcionales a lo que es una actividad irregular y lucrativa. Esta vez se trata de una embarcación que en marzo de este año portaba trece personas y a la que Salvamento Marítimo rescató cuando estaba sufriendo la entrada de agua. La petición fiscal inicial era de 8 años y finalmente la sentencia, tras un acuerdo de conformidad quedó en 7 meses de cárcel, quitándose la agravante de que hubo riesgo para la vida de los tripulantes.


 

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Manu Hanza y Ali Benabdallah, de nacionalidad argelina, fueron los señalados por un testigo protegido (uno de los integrantes de la tripulación) como parte de la organización del viaje que se llevó a cabo en una embarcación entre Orán y Cartagena, con once tripulantes. Según el testigo, en tierras africanas mantuvo una reunión en una cafetería con una tercera persona que se dedica a organizar estos viajes para introducir a personas de forma irregular en España, el cual le pidió unos siete millones de dinares (unos quinientos euros), que le entregó. El 11 de marzo salían desde la playa de Crysteal. Ali y Manu iban en la patera y según el testigo, dieron instrucciones durante el trayecto a los integrantes dela embarcación. El viaje duró tres días y en alta mar perdieron el rumbo y se les acabó la gasolina, para después aparecer una vía de agua en la nave, que trató de ser achicada con una botella de plástico. Fueron rescatados por Salvamento Marítimo, pero antes de llegar, según el testigo, “Ali arrojó al mar la brújula y un cuchillo que llevaba oculto”. El rescate se produjo en aguas españolas, cerca de la costa de Águilas.

La investigación apuntó a Ali y Manu como parte de la organización, calificando la Fiscalía los hechos como de un delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros, solicitando una pena de prisión de ocho años de cárcel, con el agravante de que hubo riesgo para las vidas de las personas que iban en la patera.

El juicio no se llegó a celebrar en la sala de vistas de la sección quinta de la Audiencia Provincial, en Cartagena, al alcanzarse un acuerdo entre el fiscal y el abogado de la defensa, Andrés Peiró, quien actuó de oficio. La pena quedaba en 7 meses de cárcel, lo que aceptaron los dos acusados, a la vez que reconocían ser autores del delito.

El motivo, según nos explicaron agentes jurídicos, es, como ya expusimos en otro asunto similar fechas atrás, que el nuevo Código Penal varia las condenas para este tipo de delitos, que antes estaban con penas de cárcel de 4 a 8 años y ahora quedan en castigos inferiores a diez años, con lo que no existe un mínimo. En este caso, se ha considerado que fue “accidental la entrada de agua en la patera”, con lo que se quita el agravante. Hay que aclarar que en los casos en los que el delito tiene lugar con un código penal y se juzga cuando está en vigor otro, se aplica el más favorable para los imputados.

 

 

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