![El letrado Domingo Núñez](/images/stories/noticias2/abril/2/zdm.jpg)
Los tres hijos permanecían conviviendo con el padre en Barcelona una vez concluidos sus estudios de grado superior de formación profesional y habiendo decidido después cursar otros estudios universitarios (con buen aprovechamiento, por cierto), sin disponer de ingresos propios pero sin buscar activamente trabajo con los estudios ya habían terminado.
La sentencia indica que:
“… denota ello que los tres hijos, a pesar de tener estudios con los que se puede decir que han completado su formación, han decidido cursar estudios universitarios sin haber intentado conseguir trabajo ni han hecho nada por conseguir aunque fuera un trabajo temporal para ayudarse con sus gastos, dada la edad de los mismos (29 y 25 años), entendemos que bien podían iniciar estudios universitarios pero consiguiendo algún trabajo para ayudar a los progenitores, es obvio que de esta forma podría prolongarse el pago de la pensión de alimentos más allá de lo normal para completar su formación, o entender que se pueden estar formando toda la vida“.
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