Domingo, Julio 07, 2024
   
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Caso Novo Carthago: El juez ve "mala fe" en el recurso del abogado de Bascuñana

El magistrado instructor del caso Novo Carthago, Manuel Abadía, ha desestimado el recurso de reforma interpuesto por la representación del delegado del Gobierno de la Región de Murcia, Joaquín Bascuñana García, frente a la providencia de uno de julio de 2014, solicitando la suspensión del señalamiento acordado. En esta resolución, contra la que cabe recurso de apelación, el juez ve intencionalidad en complicar el procedimiento y "mala fe" en la actuación del abogado.


El magistrado Manuel Abadía rechaza el recurso de reforma interpuesto por la representación del exconsejero de Obras Públicas y actual delegado del Gobierno, quien está imputado por un supuesto delito de prevaricación dentro de una trama que investiga si hubo corrupción urbanística en torno al gran proyecto urbanístico de Lo Poyo o 'La Manga Ancha'.
El decano de los abogados de Murcia y letrado de Bascuñana, Francisco Martínez Escribano, presentó un recurso porque su cliente fue llamado a declarar el uno de julio, día en la que el abogado estaba en un juicio celebrado en Cartagena (el asunto del alcalde de Torre-Pacheco).

Sin embargo, Abadía recuerda que la declaración se había dictado el 24 de junio y el letrado esperó al uno de julio de presentar el recurso, por lo que considera que el letrado "incumplió de forma deliberada lo dispuesto en el artículo 183 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, según el cual si "a cualquiera de los que hubieren de acudir a una vista le resultase imposible asistir a ella en el día señalado, lo manifestará de inmediato al Tribunal". El magistrado considera que lo hizo de forma "consciente" con el objetivo de "de diferir y dilatar, a toda costa, la toma de declaración del imputado" en un asunto con una veintena de imputados, lo que cubre prácticamente los días hábiles de un mes".

Abadía, quien considera que en este recurso "concurren, pues, razones de abuso de derecho, mala fe y fraude procesal en la petición que ahora se presenta", también se pregunta que si el procedimiento se demoraba para después del día 2 de julio, "cuántos abogados no tendrían motivos de suspensión por la misma causa que dilataran 'ad calendas graecas' la toma de declaraciones en esta Instrucción".

El juez también esgrime que, en el caso de los demás imputados defendidos por despachos de abogados integrados por varios profesionales, han acudido diferentes letrados "indistintamente". Y añade que en el caso del abogado de Bascuñana reúne "mayor singularidad todavía", pues "está presente en las actuaciones penales desde el principio".

Finalmente, el juez considera que "es evidente y manifiesto que siete días son suficientes para comprender que los tres folios de la Resolución firmada por Bascuñana vulneraba clamorosamente la Ley de Protección de Espacios Naturales Protegidos, y por un acto del funcionario de propia voluntad calificaba como urbanizable lo que era suelo no urbanizable de protección especial".

 

 

 

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