Domingo, Julio 07, 2024
   
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Caso Novo Carthago: Desestimados los recursos de Cerdá, Marqués y Galea

La Sala de Lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia ha desestimado los recursos de apelación interpuestos en representación de Antonio Cerdá Cerdá (consejero de Agricultura de la Comunidad Autónoma), Juan Rafael Galea Expósito (presidente de la promotora Hansa Urbana) y Francisco Marqués Fernández (exconsejero de Medio Ambiente y exdelegado del Gobierno), contra diversos autos y providencias dictados por el instructor de las diligencias 2/2013 (Novo Carthago), Manuel Abadía Vicente. Contra esta resolución no cabe recurso y se impone el pago de las costas a los recurrentes al ser rechazados íntegramente sus recursos.




En concreto, la Sala confirma los autos dictados por magistrado instructor de la Sala Civil y Penal del TSJRM, de fechas 4 de marzo de 2014 y 24 de abril de 2014, y la providencia de fecha 23 de abril de 2014 en relación con el caso Novo Carthago, un proyecto urbanístico de diez mil viviendas en Lo Poyo, una zona de protección especial en 'La Manga Ancha'.

Entre otros argumentos, los magistrados fundamentan su resolución en que: “La complejidad de la cuestión y la fase de construcción del proceso para delimitar el complejo fáctico y jurídico de los hechos impiden por el momento adentrarnos en los aspectos jurídicos-valorativos que se deslizan tanto en los escritos de recursos combatiendo las decisiones del instructor, pero nos permite confirmar la corrección jurídica de tales diligencias al dictarse con plenitud de la potestad jurisdiccional del instructor en el ámbito de sus competencias, constituyendo diligencias investigatorias adecuadas y proporcionadas al objeto de la instrucción en curso” Fundamento Jurídico (FJ) 4º. 11.3. (página 90)

Como se explica en el Fundamente Jurídico (FJ) 2º(páginas 83-84), con esta resolución, la Sala resuelve el recurso interpuesto contra el Auto de 4 de marzo de 2014 que acodaba el careo y la providencia de 23 de abril que denegaba la suspensión de la diligencia de careo. Además, se recurrían los autos de 4 de marzo y  24 de abril de 2014, aduciendo falta de motivación y vulneración de  garantías constitucionales o falta de competencia del Tribunal Superior de Justicia para conocer los hechos que afectan a Francisco Marqués por falta de conexión con el aforado.

Igualmente, en los citados recursos, se pedía que se dejara sin efecto las diligencias de instrucción  acordadas en dichas resoluciones (informe sobre contaminación de suelos, adquisición libre de cargas, licencias, procedimientos para adquisición de terrenos…).

Y, por último, se aludía a la litispendencia y cosa juzgada, en relación con el sobreseimiento dictado por el juzgado de Instrucción número 3 de Murcia en las DP 1289/2007 (Zerrichera), que determinarían el archivo de actuaciones con relación al imputado Francisco Marqués.

Recursos todos ellos desestimados por auto de la Sala Civil y Penal, notificado hoy, contra el que no cabe recurso.

 

 

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