Domingo, Julio 07, 2024
   
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El FC Cartagena es condenado a pagar 55.000 euros al futbolista Rueda

El juzgado de Lo Social número 3 ha condenado al Fútbol Club Cartagena a pagarle al futbolista Manuel Rueda la temporada completa que le quedaba como albinegro, rechazando que, tras su despido improcedente del pasado verano, le correspondiesen dos mensualidades como indemnización, que fue el planteamiento llevado a cabo por el club. La sentencia, a la que ha tenido acceso Cartagena de Ley, también se recoge que se da oficio a la Agencia Tributaria para que investiga la legalidad a efectos fiscales de los dos contratos que unían a las partes, uno en bruto y otro en neto.



El futbolista gaditano Manuel Rueda presentó demanda por despido improcedente el pasado 23 de agosto contra el Fútbol Club Cartagena Sociedad Deportiva, celebrándose el juicio el 10 de diciembre en el juzgado de Lo Social número 3 de Cartagena, representando Catalina Aliaga al futbolista y el abogado Salvador Rincón al club, no presentándose el Fondo de Garantía Salarial.

El contrato de Rueda con el Cartagena era de dos temporadas (2012/13 y 2013/14), con unos emolumentos de 55.000 euros por campaña, pero el 2 de agosto de 2013 el club rescindió su contrato, fijándole una indemnización de casi cuatro mil euros (dos mensualidades), reconociendo en todo momento que el despido era improcedente. Esto sucedía unos días antes de que Rueda pasase por el quirófano para solucionar una lesión que había sufrido en febrero, cuando se rompió el tendón de aquiles faltando cuatro jornadas para concluir la primera vuelta en Segunda B. Esa lesión, considerada como accidente de trabajo, le provocó iniciar la presente temporada sin equipo y más pendiente de su rehabilitación. Al parecer, el club cartagenerista le había ofrecido seguir pero sin ficha y bajándole el suelo, lo que no aceptó Rueda, siendo despedido.

La causa judicial se centró en determinar la cantidad de la indemnización, pues la improcedencia despido no fue discutida en momento alguno. El magistrado José Grau, en su resolución, señala que no existe equilibrio entre la cláusula de indemnización que figuraba en el supuesto de que el jugador hubiese roto la relación contractual (un millón de euros) y el dinero que el club le ofreció tras rescindir de forma unilateral el acuerdo (casi cuatro mil euros, que es la indemnización mínima), por lo que considera que se le debe pagar toda la temporada que tenía firmada, es decir, 55.000 euros.

Por último, señalar que el juzgado ha remitido oficio a la Agencia Tributaria para que se investigue la legalidad de los dos contratos que unían a club y futbolista, uno en bruto y otro en neto. La sentencia puede ser recurrida ante la sala de Lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia.

 

 

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