La sección quinta de la Audiencia Provincial ha desestimado íntegramente el recurso presentado por Fiatc Mutua de Seguros y Reaseguros, que fue condenada por el juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de San Javier a pagar más de dos millones de euros a un vecino de Santiago de la Ribera que el 26 de junio de 2008 quedó parapléjico al caer de la bañera de un todoterreno mientras celebraba la victoria de la selección española de fútbol sobre Rusia por 3-0, que clasificaba al equipo para disputar la final de la Eurocopa de dicho año. La familia del joven ha estado representada por el abogado Juan García en este asunto, en el que la aseguradora también tendrá que abonar los intereses devengados y las costas.
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La jueza Estefanía González, de San Javier, condenó a Fiatc a abonar más de dos millones de euros, incluidos los intereses, por las consecuencias físicas sufridas por tres personas que cayeron de la 'bañera' de un todoterreno que el conductor puso en movimiento sin avisar a los que iban en la parte posterior del vehículo. La aseguradora depositó en el juzgado la cantidad de 2.214.429 euros, cantidad que incluía los intereses generados hasta entonces, para presentar el recurso ante la Audiencia Provincial, que ha resuelto la sección quinta con el magistrado Matías Soria como ponente.
Fiatc alegó que no se había tenido en cuenta la teoría de la asunción de riesgo por parte de las personas que se subieron a la parte trasera del todoterreno, por lo que considera que hubo una concurrencia de culpas que debería reducir la indemnización a la mitad, pero el magistrado indica en la sentencia, a la que ha tenido acceso Cartagena de Ley, que el único culpable fue el conductor, quien debía haber advertido a estas personas que iba a iniciar la marcha. También rechaza el factor de corrección sobre la cantidad que expone Fiatc, incluida la posibilidad de reinserción laboral, "pues han quedado frustradas todas las expectativas personales y profesionales futuras". También se rechaza la petición de no ser condenada al pago de los intereses de demora, "pues la compañía tuvo conocimiento del siniestro desde el primer momento, incumpliendo el plazo establecido de tres meses". Finalmente condena a costas a la aseguradora antes de fallar el rechazo de la demanda y fijar la firmeza de la sentencia del juzgado de San Javier.
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