Domingo, Julio 07, 2024
   
Texto


El IMAS deberán indemnizar a un trabajador al que tenían como 'falso autónomo'

Un juzgado de Lo Social de Murcia ha dictado sentencia en la que condena al Instituto Murciano de Acción Social (IMAS) a indemnizar a un trabajador de los centros ocupacionales de Canteras (Cartagena) y de El Palmar (Murcia) con 44.000 euros al declarar improcedente el despido y renunciar dicho organismo a su readmisión, igualmente se le ha reconocido la condición de personal laboral con una antigüedad desde 1999. El abogado unionense Fulgencio Pérez Mariscal, a quien se observa en la fotografía, ha sido el que ha representado al demandante en lo que ha sido la primera sentencia adversa contra el organismo regional por los despidos efectuados recientemente.



Desde últimos de febrero de este año, varios trabajadores fueron despedidos de varios centros ocupacionales dependientes del IMAS en toda la Región de Murcia. Los derechos de este trabajador y de varios trabajadores dependientes de este organismo han sido defendidos por el abogado Fulgencio Pérez Mariscal.

Apunta el letrado que, aunque los trabajadores, no tenían un contrato laboral firmado con este organismo, "sino que eran autónomos, se ha demostrado sobradamente la relación laboral y de dependencia entre ambos, en concreto utilizando las instalaciones del centros, un horario fijo, una retribución fija".

 

Noticia relacionada:

Denuncia un caso de 'falso autónomo' y pide que el IMAS le reconozca 14 años de antigüedad

 

 

Prohibida la publicación de fotografías de este diario digital con la marca 'CYA' en cualquier publicación o en Internet sin autorización.

 


 


Banner
Banner


Banner
Banner
Banner

Login Form

Este sitio utiliza cookies de Google y otros buscadores para prestar sus servicios, para personalizar anuncios y analizar las visitas en la web. Google recibe información sobre tus visitas a esta página. Si visitas esta web, se sobreentiende que aceptas el uso de cookies. Para mas informacion visite nuestra politica de privacidad.

Comprendo las condiciones.

EU Cookie Directive Module Information