Sábado, Julio 06, 2024
   
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De la alegría al drama y a una sentencia que condena a una aseguradora a pagar dos millones de euros

La selección española de fútbol logró el 26 de junio de 2008 el pase a la final de la Eurocopa de fútbol tras vencer a Rusia por 3-0. Cientos de miles de españoles se lanzaron a las calles para celebrarlo, entre ellos estaba un grupo de vecinos de Santiago de la Ribera, que desde la bañera de un todoterreno festejaban esa hazaña. Sin embargo, en un momento determinado, tres de ellos cayeron, quedando uno de ellos parapléjico. De la alegría se pasó a un tortuoso drama, que también ha tenido su capítulo judicial. Ahora, el juzgado número 3 de San Javier ha condenado a la aseguradora Fiatc a pagar más de dos millones al estimar que la caída se debió a que el conductor, a quien se le había 'calado' el vehículo, no avisó a los que iban en la bañera de que volvía a arrancarlo, que fue lo que motivó la caída. La compañía ha recurrido el fallo judicial ante la Audiencia, consignado la cantidad señalada. Los demandantes han estado representados en este procedimiento por el abogado Juan García, a quien se observa en la imagen.



La jueza Estefanía González, del juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de San Javier, ha condenado a la aseguradora Fiatc Mutua de Seguros y Reaseguros a abonar más de dos millones de euros, incluidos los intereses, por las consecuencias físicas sufridas por tres personas que cayeron de la 'bañera' de un todoterreno que el conductor puso en movimiento sin avisar a los que iban en la parte posterior del vehículo. Fue el nefasto deselance de lo que era una jornada de celebración por la victoria de España sobre Rusia en la Eurocopa de 2008. 

La demanda, promovida por cinco personas, solicitaba a la mercantil Fiatc Mutua de Seguros y Reaseguros las siguientes cantidades:
- 89.947 euros para un matrimonio por los gastos de asistencia y atención sufragados por ellos para la asistencia de su hijo, que incluyen el traslado a una clínica de Cuba, y por los ocasionados por la adecuación de la vivienda y adquisición de un vehículo adaptado a las necesidades de su hijo, que quedó tetrapléjico.
- 2.706.246,48 euros para un joven que quedó parapléjico. En la indemnización solicitada se recogen diferentes conceptos, entre los que figuran casi un año de hospitalización, que ha sufrido incapacidad absoluta para todo tipo de trabajo, que padece perjuicio estético y que precisa ayuda de tercera persona para todas las actividades básica de la vida. También incluye daños morales y futuros gastos de rehabilitación o, alternativamente, una pensión vitalicia anual en cuantía de 26.400 euros.
- 1.432,12 euros para cada una de las otras dos personas que resultaron dañadas en el accidente.

La sentencia, a la que ha tenido acceso este diario, recoge que queda acreditado que el 26 de junio de 2008, cuando un numeroso grupo de jóvenes celebraba la victoria de España ante Rusia en la Eurocopa 2008, subieron a la cabina de un vehículo todoterreno Mitshubishi dos de los antes mentados, entre ellos el principal lesionado. Cuando el conductor estacionó el mismo, se colocaron en la parte trasera ('bañera'), donde ya estaba el tercer accidentado junto a otras personas.

Tras estacionar el vehículo frente a la iglesia de Santiago de la Ribera, donde estuvo detenido unos minutos, el conductor arrancó el vehículo sin avisar, lo que provocó que cayesen, entre otros, los tres denunciantes de esta causa. Este vehículo había estado recogiendo y dejando diversas personas durante su recorrido. "Habían entre 10 y 13 personas todos de pie, pegados unos a otros, que prácticamente no cabían", dijo un testigo en la vista oral.  "La gente subía y bajaba y daba botes con banderas", también se apuntó.

En el juicio, el conductor dijo que el vehículo 'se caló' al pesar más de lo esperado, y que al arrancarlo por segunda vez salió "con más fuerza". También mostró su arrepentimiento por lo que hizo. Los lesionados, por su parte, expresaron que entonces "no dio tiempo para agarrarse" y que “no avisó de que iba a arrancar el vehículo”.

La jueza, que rechaza la concurrencia de culpas en este asunto, indica que sobre todo conductor pesa la obligación extrema del cuidado en la conducción y que en este caso ha reconocido que "no soy muy bueno llevando un todo terreno, no calculé muy bien la relación acelerador-embrague". También apunta que en momento alguno se opuso a que se subieran personas en el vehículo o se bajaran, pero que sabiendo que llevaba personas en la 'bañera', arrancó el todoterreno sin advertir a los que allí estaban y haciéndolo de forma brusca.

Finalmente, acuerda que Fiatc deberá abonar las indemnizaciones deberán de ser de 1.342.017,85 euros para la víctima principal, 62.569,44 euros para su madre, 19.773,1 euros para el padre y de 1.149,52 y 1.432,12 euros, respectivamente, para las otras dos personas que cayeron del vehículo. Las cifras se incrementan con los intereses.

Fiatc ha consignado la cantidad objeto de la condena, más los intereses devengados desde la fecha del accidente, -en total 2.214.429 €- y ha interpuesto recurso de apelación que se está tramitando en Cartagena, en la sección quinta de la Audiencia Provincial de Murcia.

 

 

 

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