Sábado, Julio 06, 2024
   
Texto


El Puerto reclamará en el juzgado no pagar el IBI de la parcela del ARQUA

La Autoridad Portuaria ha acordado que sus servicios jurídicos interpongan un recurso contencioso-administrativo contra el ayuntamiento de Cartagena para no abonar el IBI de la parcela que ocupa el Museo Nacional de Arqueología Submarina estimando que está incorporando al patrimonio del Estado desde 2009.



El consejo de administración de la Autoridad Portuaria de Cartagena ha abordado en la reunión del consejo de administración una propuesta de interposición de recurso contencioso-administrativo contra el ayuntamiento de Cartagena tras la desestimación presunta por silencio administrativo de recurso interpuesto ante el Consejo Económico y Social de Cartagena en materia de IBI.

En concreto, se refiere a la parcela del ARQVA en el Muelle de Alfonso XII, desafectada por la Autoridad Portuaria según el Plan de Utilización de los Espacios Portuarios del año 2003, y que al finalizar los trámites en 2009 se incorporó como patrimonio de la Administración General del Estado. A pesar de que el Ministerio de Cultura dispuso de la parcela y de su titularidad de hecho a partir del año 2000 para acometer e iniciar las obras del museo, la Autoridad Portuaria de Cartagena continuó abonando puntualmente todas las liquidaciones del IBI de esta parcela hasta el año 2009.

Además de lo anterior, el Órgano de Gestión Tributaria del Ayuntamiento giró liquidaciones de los años 2008 y 2009 por el valor de los edificios del museo ARQVA, que en ningún momento ha sido propiedad de la Autoridad Portuaria, por importes de 16.046,09 y 16.768,32 euros, respectivamente. Estas liquidaciones fueron recurridas por la APC, y desestimadas por el Ayuntamiento el 2 de enero de 2013. Frente a esta resolución se interpuso el 21 de febrero una Reclamación Económico-administrativa, que fue admitida a trámite por el Consejo Económico-Administrativo de Cartagena con fecha 27 de marzo. En la comunicación de admisión a trámite se hacía constar que el plazo de resolución sería de tres meses, y que pasado el plazo sin haber recibido notificación se consideraría desestimado el recurso por silencio administrativo.

Dado que este plazo ha transcurrido y no se ha recibido notificación, cabe entender que esta reclamación ha sido desestimada, y por ello, el consejo de administración ha acordado que los servicios jurídicos del Estado interpongan recurso contencioso-administrativo contra el Excmo. Ayuntamiento de Cartagena por la desestimación de la reclamación de esta Autoridad Portuaria.

 

 

Prohibida la publicación de fotografías de este diario digital con la marca 'CYA' en cualquier publicación o en Internet sin autorización.

 


 


Banner
Banner


Banner
Banner
Banner

Login Form

Este sitio utiliza cookies de Google y otros buscadores para prestar sus servicios, para personalizar anuncios y analizar las visitas en la web. Google recibe información sobre tus visitas a esta página. Si visitas esta web, se sobreentiende que aceptas el uso de cookies. Para mas informacion visite nuestra politica de privacidad.

Comprendo las condiciones.

EU Cookie Directive Module Information