El ayuntamiento de Cartagena admite facturas en las que no se declara el preceptivo IVA. Es uno de los fundamentos jurídicos en los que se basa una sentencia del Juzgado de lo Social número 2 de Cartagena por el que se declara improcedente el despido de una profesora de la Universidad Popular. Sentencia por la que también se condena al Consistorio al pago de algo más de 3.000 euros a la trabajadora por salarios de trámite, informan desde PSOE e IU-V de Cartagena.
Según los hechos que el magistrado considera probados, en junio de 2012 y pese a que venía prestando servicios en la Universidad Popular desde septiembre de 2005, a esta profesora se le hizo un contrato de asistencia menor, constando como trabajadora autónoma, a diferencia de otros docentes con contrato por cuenta ajena de laborales fijos y de obra y servicios determinados, hechos que se complementan con algo que el juez considera “incomprensible y más tratándose de una administración pública” como es el hecho de que las facturas emitidas no contarán con el correspondiente IVA.
Ante esta situación, los concejales Caridad Rives y Cayetano Jaime han preguntado a la concejala de Cultura, María Rosario Montero, los motivos por los que se utilizó el contrato de asistencia técnica cuando la naturaleza de la prestación se ajustaba a la de personal laboral. Asimismo, se ha interpelado a la citada edil sobre la justificación que da el Ayuntamiento al hecho de que se obviase en tal relación mercantil la facturación del IVA correspondiente y si se van a asumir responsabilidades políticas por ello. Finalmente, ambos concejales también se han interesado por saber, ante la sentencia de despido improcedente, si se va a optar por indemnizar o readmitir a la profesora y, en este último caso, bajo qué régimen de contratación.
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