Así lo reseñar el presidente de la sección quinta de la Audiencia Provincial, en Cartagena, José Manuel Nicolás Manzanares, en la sentencia que reflejamos arriba.
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En la sentencia se indica sobre el acusado que expone "una versión nunca sostenida por el mismo acusado, que en sus declaraciones se limita a negar su participación en los hechos y a ofrecer explicaciones absurdas, inverosímiles y carentes de todo sustento (explicaciones en plural porque son distintas las que ofrece a la Guardia Civil y la que finalmente ofrece en el plenario, como bien destaca la resolución apelada); lo que también es valorado por la Juzgadora, debiéndose recordar que tiene establecido el Tribunal Supremo que no cabe olvidar que, aún sin negar a nadie su derecho de defensa, las afirmaciones exculpatorias, cuando carecen de todo contenido e incluso conducen al absurdo, pueden (y deben) aceptarse como una prueba indiciaria más de inculpación (sentencia de 21 de enero de 1992)".
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