Sábado, Julio 06, 2024
   
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Ecologistas en Acción, satisfecho por el fallo del TC sobre la Ley del Suelo en la Región

Ecologistas en Acción Región Murciana ha mostrado su satisfacción por el fallo del Tribunal Constitucional que declara nula e inconstitucional la disposición adicional octava de la Ley del Suelo de la Región de Murcia. Este fallo, "que aunque llega once años tarde", supone que los límites de los espacios naturales vuelven a situarse donde estaban en 2001.

La organización ha explicado el largo proceso hasta llegar a este esperado resultado, y que empezó con la activación en 2001 por Ecologistas en Acción del proceso por el que expertos de la Universidad de Murcia redactaron un informe con el que se consiguió la colaboración del grupo socialista, que presentó el recurso ante el Tribunal Constitucional. Han recordado que un recurso de inconstitucionalidad a una Ley aprobada sólo podía presentarlo un partido político con representación parlamentaria, y que únicamente PSOE y PP superaban el mínimo de 50 diputados o senadores cuya firma debe acompañar el recurso para poder ser admitido.

Según ha explicado la organización, el fallo anula la Disposición Adicional Octava de la Ley del Suelo de la Región de Murcia de 2001. Esta disposición determinaba que los límites de los Espacios Naturales de la Región de Murcia se debían ajustar a los límites de los Lugares de Importancia Comunitaria de la Red Natura 2000 (que estaban aún sin definir legalmente) lo que implicó la desprotección de unas 11.502 hectáreas en diferentes zonas de la Región de Murcia, que ahora vuelven a quedar bajo protección ambiental.
En la tabla adjunta se especifica en qué cuantía afectó la DA 8ª a cada uno de los espacios protegidos.

El Tribunal Constitucional ha basado su fallo en dos cuestiones principalmente:
1. La vía inadecuada y torticera con la que se aprobó la disposición, aportándola a última hora a una Ley del Suelo sin haber formado parte de la motivación ni discusión de la Ley, resultando una mecánica jurídica inadecuada.

2. Y principalmente por la inseguridad Jurídica generada con su aprobación, ya que los límites de los espacios LIC a los que se refiere no estaban definidos y aprobados legalmente en el momento de la aprobación de la Ley del Suelo.


Pero lo realmente importante para la organización ecologistas son las implicaciones que tiene la sentencia para el Medio Ambiente y el desarrollo de la Región de Murcia:

* Este fallo del TC tiene como primera consecuencia directa la anulación por pleno derecho de la Disposición Adicional Octava de la Ley 1/2001, de 24 de abril, del Suelo de la Región de Murcia, por lo que los límites de los Espacios Naturales vuelven a situarse donde estaban en 2001, recuperando 11.502 hectáreas protegidas ambientalmente.

* Como efecto secundario, supone el fin definitivo al Proyecto Urbanístico-Especulativo de Marina de Cope, y una herida mortal para muchos planes parciales planteados en diferentes municipios de toda la región.

* Estas dos sentencias suponen que las más altas instancias judiciales de la región y del país vienen a dar la razón a Ecologistas en Acción y a todas las organizaciones ecologistas y sociales que han denunciado durante años el modelo insostenible y contrario a la legalidad que ha sido y sigue siendo defendido por este Gobierno Regional que no quiere quitarse la venda de los ojos a pesar de las evidencias.

* Esta sentencia del TC[1], junto con la recientemente ratificada del Tribunal Superior de Justicia[2], suponen dar la puntilla y acabar con el Modelo Urbanístico de Valcárcel, que no sólo se ha demostrado desastroso económica y socialmente, sino que ahora se demuestra que era contrario a la legalidad vigente. Un modelo que se consideró el “Milagro Valcárcel” y que día a día se demuestra que se fundamentaba en proyectos que nunca han existido realmente o han acabado en fracaso absoluto.


Para concluir, Ecologistas en Acción ha querido dejar claro cuales son sus objetivos y reivindicaciones a la luz de esta sentencia:

1.  Que Valcárcel declare a inmediata anulación del Proyecto Urbanístico-Especulativo de “Marina de Cope”, así como de las Directrices del Litoral y de la Actuación de Interés Regional de Marina de Cope, que acogen dicho proyecto urbanístico-especulativo.

2. Que se declare una moratoria urbanística inmediata en los 45 ayuntamientos de la Región de Murcia, hasta que se depuren las consecuencias de ambas sentencias.

3. Que se revise de Oficio inmediatamente toda la planificación urbanística regional y de los 45 ayuntamientos de la Comunidad Autónoma, para restituir la legalidad urbanística y ambiental en ellos.

4. La asunción de responsabilidades por estas irregularidades en la política urbanística del Gobierno Regional, cuyas temeridades y errores hemos de pagar los ciudadanos a costa de perder la financiación para servicios públicos como sanidad, educación o transporte público.

 

 

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