Viernes, Julio 05, 2024
   
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Cárcel para un conductor multireincidente que 'pasa' de las sentencias judiciales

Ha sido condenado en cinco ocasiones, por juzgados distintos del sureste de España, por delitos contra la seguridad en el tráfico por conducir sin permiso. Esos castigos (económicos) no le han hecho desistir de ponerse al volante sin formación previa, siendo nuevamente 'cazado' por la Guardia Civil. Ahora, el juzgado de Lo Penal número 2 de Cartagena, cuyo titular es Álvaro Bellas, en la imagen, lo ha condenado a siete años de prisión, castigo que ha refrendado la Audiencia provincial tras recurrir el acusado, quien cuenta con 39 años de edad y es de origen ecuatoriano. La sentencia de la sección quinta señala que las penas impuestas anteriormente "han sido ineficaces y, en definitiva, es merecedor de la pena de prisión que se le impone".

Fue condenado, entre el 3 de julio de 2008 y el 26 de octubre de 2009, por los juzgados de Instrucción número 5 de San Javier, Instrucción número 5 de Orihuela, Instrucción número 1 de Alicante, Lo Penal número 2 de Cartagena y Lo Penal número 1 de Cartagena. En todas las ocasiones por conducir sin permiso de circulación y en todas ellas resueltas con sanciones económicas.

El acusado es evidente que pasó de esos castigos, pues no se molestó en obtener el permiso y siguió circulando sin carné. Así, el 20 de agosto de 2011, en el kilómetro 2,9 de la carretera F-34 de Santiago de la Ribera con Los Alcázares, fue multado por la Guardia Civil en un control.

El asunto pasó al juzgado número 7 de San Javier, que llevó la instrucción, derivando en el juicio oral celebrando en la segunda sala de Lo Penal de Cartagena. El acusado volvía a dicho juzgado, donde ya había sido multado. Esta vez la resolución judicial fue diferente, pues se le condenó a siete meses de prisión.

El acusado, disconforme, recurrió a través de su letrada Manuela Martínez, ante la sección quinta de la Audiencia Provincial, cuyo tribunal, con José Manuel Nicolás como magistrado-ponente, confirma la sentencia rechazando todas las alegaciones. Entre otros argumentos, que se pueden ver en el anexo de este artículo, indica el magistrado que las penas impuestas anteriormente "han sido ineficaces y, en definitiva, es merecedor de la pena de prisión que se le impone".

Respecto a lo que expone su abogada defensora, de que cuando le hicieron el alto no llevaba a cabo conducción peligrosa alguna, el magistrado apunta que eso es un 'dato irrelevante', pues existe existe 'un delito de riesgo o peligro abstracto y no de resultado' por el mero hecho de conducir sin haber obtenido el permiso de conducción.

 

 

 

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