Viernes, Julio 05, 2024
   
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Crimen de Los Belones: El fiscal recurre para que se amplíe la condena contra Antonio 'El Gitano'

La Fiscalía de Área de Cartagena va a presentar un recurso contra la sentencia de la magistrada María Jover, de sección tercera de la Audiencia Provincial, que condenó a Antonio 'El Gitano' a diecisiete años de prisión por el asesinato de Leidiyeni en enero de 2011 en Los Belones (Cartagena). La base del recurso del fiscal Orencio Cerezuela (en la imagen anexa) se centrará en que, según sentencias del Tribunal Supremo, no siempre un impulso merece la atenuante de arrebato, como en esta ocasión consideró el jurado popular.


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Antonio 'El Gitano', vecino de La Unión, causó la muerte de su pareja como consecuencia de asestarle 48 puñaladas que alcanzaron órganos profundos, en algunos casos vitales, y otras 20 que quedaron en puntadas. El veredicto del jurado popular, tras la vista celebrada en la ciudad de Murcia, fue de de culpable de asesinato con el agravante de ensañamiento y el atenuante de arrebato. La jueza resolvió, por sentencia, que el acusado será condenado a 17 años de prisión y una orden de alejamiento hacia la hija de la víctima de 300 metros durante diez años más del tiempo fijado de prisión, además del pago de 180.000 euros de indemnización.

En la sentencia, respecto a la estimación de la atenuante de arrebato y obcecación, se indica lo siguiente:

"Es necesario que los estímulos que provocan el arrebato procedan del comportamiento precedente de la víctima, situación que se produce en este caso. El arrebato se inicia tras conocer Antonio que su compañera sentimental lo iba a dejar definitivamente, e incluso llegó a ver en el domicilio una maleta preparada. Todo ello provocó en el acusado un estado exacerbado y colérico que le afectó al control de sus impulsos, y determinó que reaccionara de inmediato ante la situación descrita, cogiendo el cuchillo con el que se situó frente a su compañera".

Es, precisamente, en este mismo texto en que se basa el recurso que presentará el fiscal Orencio Cerezuela, que considera que romper una relación sentimental no justifica una actuación agresiva, pues, además, esa situación iría en contra del derecho de igualdad entre hombres y mujeres, apuntando más bien a un sentimiento de propiedad. Jurisprudencia del Tribunal Supremo ampara esa solcitud.

Si se estimase al final este recurso por parte de la sala de Lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia, la pena de cárcel se situaría entre diecisiete años y medio y diecinueve años.

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