Viernes, Julio 05, 2024
   
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Condenado por dejar una nota con amenazas en el turismo de una mujer

La Audiencia ha confirmado una sentencia de Lo Penal número 1 de Cartagena que condena a un hombre por amenazar a una mujer con una nota que puso en su turismo.

La jueza Teresa Álvarez condenó al acusado a nueve meses de prisión y a una multa de 20 euros por el quebrantamiento de la orden de alejamiento y el delito de amenazas, reseñando que esta persona, de 48 años de edad, era reincidente, pues en agosto de 2008 fue condenado por el Juzgado de Violencia contra la Mujer a dieciséis meses de alejamiento hacia la misma persona. El motivo de la segunda condena fue una nota que, en la noche del 16 de agosto de 2008, colocó en el vehículo de la mujer, vecina de Cartagena, con el siguiente texto:

"Vamos de buen rollo para que pagues tus deudas. Solo te avisamos una vez, allá con tu familia y ya te llamaremos para que saldes tus deudas...si hablas una cosa después no te eches para atrás, la vida es muy bonita y si lo quieres empeorar peor para ti. Nosotros vamos a estar una temporada para que pagues tus deudas. Vives en …, teléfono …., éste es el único comunicado que te hacemos, vale...te llamaremos".

El hombre recurrió ante la sección quinta de la Audiencia, con sede en Cartagena, este fallo con tres argumentos, que han sido rechazadas por el tribunal, con el magistrado Fernando Fernández-Espinar como ponente. Primero alega que no contó con asesoramiento de abogado en la diligencia del cuerpo de escritura de la fase de instrucción. El juez le responde que la presencia de letrado en esa fase es innecesaria "al tratarse de una diligencia estrictamente material y personalísima". Después pone en duda el informe de dos peritos sobre la caligrafía de la nota, que también se rechaza. Por último, alega dilaciones indebidas del proceso. El magistrado indica. "En este caso el retraso en la tramitación de la causa, no se advierte que tenga su origen en la práctica del cuerpo de escritura, dado que el acusado fue trasladado de una prisión a otra, posteriormente puesto en libertad y más tarde ingresado en Sangonera. Por el contrario el procedimiento llega al juzgado de lo Penal en enero de 2010, y es señalado para comparecencia previa de conformidad para enero de 2012, celebrándose posteriormente en abril de 2012", añadiendo que no afectaría en el quebrantamiento de condena.

 

 

 

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