Viernes, Julio 05, 2024
   
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Absueltos de insultos y amenazas con un arma en un enfrentamiento entre primos

La jueza de Instrucción número 1 de Cartagena ha absuelto a tres acusados de insultar y amenazar a un primo y su familia en un incidente que tuvo lugar hace mes y medio en Roche (La Unión). La sentencia indica que el relato del matrimonio que acusa es "difícilmente verosímil" y absuelve a los tres imputados, que fueron defendidos por el letrado Francisco Paterna (en la foto), del despachó de Bernabé Abogados. La Fiscalía también respaldó la absolución de los tres acusados.


El denunciante afirmó que el 4 de septiembre, sobre las 21.30 horas, se encontraba en su turismo con su esposa y dos hijos, hablando con un vecino, momento en el que apareció su prima, quien aviso a otros familiares. Uno de ellos le dijo que se tenía que ver "cuando esto acabe" y que le iba a pegar "cuatro tiros". El denunciante afirma que le dijo que cuando quisiese y el acusado sacó una pistola, dirigiéndose hacia el vehículo, intentando saltar una valla, lo que le impidieron sus familiares. Además dijo que otros dos primos le insultaron y amenazaron de forma verbal. El hombre asegura que esa situación provocó tensión en su familia y el llanto de su hija, que sufre una cardiopatía.

Tras esta denuncia, la acusación particular solicitó la condena de un imputado por amenazas con arma de fuego y de los otros dos por amenazas e insultos, además de una orden de alejamiento de seis meses. La defensa, que llevó Francisco Paterna, solicitó la absolución, al igual que la Fiscalía.

En el juicio, el matrimonio ratificó su denuncia y aseguró que el vecino que fue testigo (guardia civil de profesión, no quiso testificar). Los acusados confirmaron la existencia del enfrentamiento entre las dos familias, pero negaron las acusaciones, indicando que fueron ellos los insultados y que le dijeron que se marchara y les dejasen en paz.

La jueza de Instrucción número 1 de Cartagena, Brígida Gil, en su sentencia, considera que no es verosímil el relato del matrimonio, pues no ve normal que unos padres de familia que están en un vehículo donde van sus hijos, tras ser amenazados, en lugar de abandonar el lugar rápidamente se apeen para calmarlos. Y también considera difícilmente verosímil que una niña de tres años comprenda el alcance de ser apuntados por una pistola. También hace alusión a una contradicción entre la declaración en el juicio y la llevada a cabo en el primer atestado, como que no había testigo alguno de la escena, pues entonces dijo que el vecino se marchó cuando empezó la discusión.

Finalmente, absuelve a los acusados, declarando de oficio las costas y dando un plazo de cinco días para recurrir el fallo ante la Audiencia.

 

 

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