La sección quinta de la Audiencia,con sede en Cartagena, ha condenado a un hombre a quitar una palmera que tenía plantada en su jardín debido a los daños que causaba en un muro colindante. El hombre, además, deberá reparar todos los desperfectos que causó la planta.
Nuria García Abellán. Agencia CYA. Lunes, 26 de diciembre de 2011
El juzgado de Primera Instancia número de 3 de San Javier condenó en abril de 2011 al hombre a quitar la palmera del jardín y a reparar los daños causados en el muro y, tras recurrir la sentencia, el tribunal de la Audiencia, formado por Fernando Fernández Espinar, Matías Manuel Soria y José Joaquín Hervás, ha fallado confirmando la condena impuesta.
En la sentencia afirma que no se puede estimar la edad de la palmera por lo que no se puede apreciar la prescripción y, además, señala que “ como segunda cuestión, y sin perjuicio del señalado impedimento procesal, el perito que intervino en el Plenario a instancia de la ahora recurrente , declaró al minuto 38:45 que si la palmera hubiera estado separada 25 cms no hubiera producido daños- medida que podría parecer muy superior a la no concretada, en su determinación métrica, poda de la circunferencia-, manifestando el mismo perito al minuto 42:30 de forma afirmativa a la pregunta de si para evitar daños en el futuro habría que quitar la palmera”.
En base a ello, la sección quinta de la Audiencia ha condenado al hombre a que quite la palmera del jardín y abonar el coste de la reparación. La sentencia, al no caber recurso, ya es firme.
Prohibida la publicación de fotografías de este diario digital con la marca 'CYA' en cualquier publicación o en Internet sin autorización.