Jueves, Julio 04, 2024
   
Texto


Sentencia nula

La Audiencia Provincial con sede en Cartagena ha anulado la sentencia por la que condenaba a un hombre a una falta de Coacciones por amenazar a la pareja que residía en una vivienda de San Javier, quienes le denunciaron porque les amenazó tras negarse ellos a pagar 600 euros de consumo de luz y agua porque no les presentó el recibo del contador de la obra. El acusado no estuvo presente en el juicio y se le citó para el día siguiente, pero el tribunal considera que no le daba tiempo a asistir y anula la sentencia, con lo que el juicio deberá repetirse con otro juez. Los residentes denunciaron al acusado porque reclamó el pago de 600 euros del consumo de luz y agua, sin factura, y aseguran que les amenazó con cortarles dicho suministro hasta que acabó haciéndolo. Los denunciantes, una pareja que adquirió una casa en San Javier por medio del denunciado, que era promotor de una mercantil. Pese a vivir en la vivienda, aún tenían el suministro de luz y agua de obra, ya que todavía no les habían concedido la cédula de habitabilidad del domicilio, por lo que los recibos se los solían pagar al promotor directamente.

En este caso, el promotor no les enseñó el recibo de los gastos que ascendían a 600 euros. En base a la negativa de la pareja a pagar la factura, y según ellos, el promotor les amenazó con que si no lo hacían les cortaría la luz y agua, hasta que lo hizo.

El juzgado número 3 de San Javier condenó al promotor como autor de una falta de Coacciones al pago de 30 euros, pero su procuradora, Teresa Foncuberta recurrió y el tribunal de la sección quinta de la Audiencia anula la sentencia alegando: "En este caso el juicio se celebró en ausencia del denunciado, el ahora apelante y resulta que el juicio fue incoado por auto de fecha 22 de marzo de 2010, acordándose en el mismo la celebración del juicio para el día siguiente a las 11:40 horas. Difícilmente, pues, la citación del denunciado pudo llegar a éste antes de las veinticuatro horas anteriores a la celebración del acto (...) Debo declarar y declaro la nulidad de dicha sentencia y del juicio celebrado, reponiendo el proceso al momento de su convocatoria, a fin de que se efectúe nuevo señalamiento a juicio ante juez distinto".

 

 

Prohibida la publicación de fotografías de este diario digital con la marca 'CYA' en cualquier publicación o en Internet sin autorización.

 


 


Banner
Banner


Banner
Banner
Banner

Login Form

Este sitio utiliza cookies de Google y otros buscadores para prestar sus servicios, para personalizar anuncios y analizar las visitas en la web. Google recibe información sobre tus visitas a esta página. Si visitas esta web, se sobreentiende que aceptas el uso de cookies. Para mas informacion visite nuestra politica de privacidad.

Comprendo las condiciones.

EU Cookie Directive Module Information