Jueves, Julio 04, 2024
   
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A vueltas con el derecho deportivo

El Colegio de Abogados de Cartagena acogió ayer unas jornadas sobre el derecho deportivo, organizadas por la Asociación de Jóvenes Letrados, que tuvieron como ponentes a destacadas personas de esta parcela jurídica. INCLUYE GALERÍA DE FOTOS

 

 

 

Los ponentes de las conferencias fueron Luis María Rabadán Zomeño y José Javier Conesa Buendía, abogados especialistas en derecho deportivo; José Antonio Buendía Jiménez, magistrado titular del juzgado de lo social nº 3 de Elche; y y los abogados del Fútbol Club Cartagena y Real Murcia, respectivamente, Salvador Rincón Gallar y Guillermo Martínez-Abarca.

El proceso de transformación del F. C. Cartagena en Sociedad Anónima Deporte (por parte de Salvador Rincón) o frases como “si sueltas pasta, pídele justificante; y si no se hace es porque se trata de salarios” y “los jueces estamos sometidos al imperio de la ley” (José Antonio Buendía) se pudieron escuchar en el salón de actos, donde una treintena de oyentes acudieron a la cita donde los profesionales de la materia plantearon las cuestiones más interesantes para quien se dedique o quiera dedicarse al derecho deportivo y, sobre todo, intentaron solventar las dudas que todavía tiene esta materia. También se habló de que los derechos de imagen "no son salarios" y de la situación de deportistas de clubes modestos.

Guillermo Martínez Orca, abogado del Real Murcia, relató a los oyentes la situación de los clubes cuando existen concursos de acreedores, sobre todo cuando son de Segunda División. Actualmente hay más de 20 clubes que han estado en aplicación de la ley concursal, proceso que también alcanzó al club grana.

Otra de las cuestiones que trató fue el tema de los expedientes de regulación de empleo, como ejemplos expuso los clubes del Real Murcia o del Málaga, etc. “En esos clubes, y en otros, muchos deportistas reciben un expediente regulador de empleo y se les finaliza el contrato. Si te lo autorizan, vas a la calle, con el acuerdo y la indemnización que se haya acordado”.

“Hay que diferenciar a al deportista profesional, sometido al Real Decreto, y al trabajador por cuenta ajena, que sería el resto de los que reciben compensación por esta actividad”, fue otro de los asuntos abordados.

Una situación ambigua, por ejemplo, es el caso de si un futbolista se lesiona en un partido con la Selección Española. ¿Quién es el empleador? El magistrado José Antonio Buendía considera que lo es el club, punto de vista que no compartió Martínez Abarca, quien considera que es la Federación Española la que convoca y paga al futbolista.

 

 

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