Jueves, Julio 04, 2024
   
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Condenado un médico que no leyó el historial clínico y operó de vasectomia a un paciente

El juzgado de Lo Penal número 3 de Cartagena ha condenado a un médico a tres meses de prisión y al pago de casi 7.500 euros por el error que cometió al operar a un paciente de vasectomia debido a que no leyó el historial clínico.


El origen de esta causa se fecha el 10 de marzo de 2005, cuando el cirujano P. V. N., urólogo del Rosell, intervino en el hospital del Perpetuo Socorro, en Cartagena, de vasectomia a un paciente al que debía practicarse una circuncisión, debido a que no leyó su historia clínico. Debido a ese grave error, el perjudicado tuvo que pasar nuevamente por la mesa del quirófano para una recanalización, que se practicó inmediatamente a continuación.

En el juicio, el médico fue representado por el abogado Emilio Díez de Revenga y por el procurador Antonio Lozano, en una causa en la que también estuvieron imputados otros médico más el hospital, el Servicio Murciano de Salud y las aseguradoras Mapfre, Zurich y AMA como responsables civiles. El querellante estuvo asesorado por el abogado José Luis Conesa y la procuradora María Soledad Para.

La Fiscalía reclamó tres años de cárcel para ambos médicos por un delito de Lesiones por imprudencia profesional, más las indemnizaciones. Por su parte, la acusación particular reclamó seis años de prisión y las defensas solicitaron que fuesen absueltos.

La jueza María del Carmen Fillol, en su sentencia, indica que, a pesar de que el acusado intentase justificar lo ocurrido alegando la concurrencia de diversas circunstancias (la mecánica de la intervención, el sistema de trabajo e incluso el hecho de que el paciente se encontrase consciente en todo momento), "estas circunstancias no justifican que el médico incumpliese las normas mínimas de cuidado, es es, informarse de qué operación debía realizar mediante el examen de la historia clínica", añadiendo que la responsabilidad "de la intervención es suya y la responsabilidad de examinar la historia clínica y el conocer la razón por la que le paciente se encuentra en la mesa de operaciones es también suya", careciendo de significación que el paciente pudiese sentir, al estar consciente de que le estaban anestesiando el escroto y no el pene.

La acusación reclamó una indemnización por la esterilidad causada al paciente, pero la jueza considera que la recanalización se hizo de forma inmediata y no queda acreditada esa causa-efecto. También descarta que fuese causa de impotencia. "La vasectomía y la recanalización no afectan ni a la erección ni al orgasmo, ni produce impotencia (...) El acusado se sometió a diversos espermiogramas que ofrecieron resultados positivos en cuanto al número de espermatozoides (...) y que su número sea bajo no significa que sea consecuencia directa de las intervenciones". También considera insuficientes las pruebas aportadas sobre el trastorno de personalidad que sufre el perjudicado y otros problemas sexuales.

Finalmente, condena al médico urólogo como autor criminalmente responsable de un delito de Lesiones por imprudencia profesional a la pena de tres meses de prisión, inhabilitación especial para el ejercicio de su profesión durante un año y a indemnizar al perjudicado (con la responsabilidad directa de Zurich y AMA más la subsidiaria del Servicio Murciano de Salud) en 702 euros por los días de curación, más 790 euros por las secuelas y 6.000 euros por los daños morales.

El otro médico imputado, que no intervino en la primera operación y sí en la segunda, queda absuelto.



 

 

 

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