El dinero de cuentas abandonadas y las herencias a favor del Estado se destinará a fines sociales
Hasta ahora los saldos de estas cuentas abandonadas -aquellas en las que sus titulares no hayan realizado ninguna gestión durante un plazo de 20 años- se ingresaban en el Tesoro Público, constituyendo un ingreso más de la Administración General del Estado sin finalidad concreta.
Con la reforma de la Ley, estos saldos se destinarán a promover la mejora de las condiciones educativas de las personas con discapacidad con especial atención a los aspectos relacionados con su desarrollo profesional y a la innovación e investigación aplicadas a estas políticas sociales. En concreto, se darán ayudas directas a los beneficiarios, gestionadas a través del Real Patronato sobre Discapacidad.
Esta novedad se suma a una modificación del Código Civil, contenida en la recientemente aprobada Ley 15/2015, de 2 de julio, que cambia el régimen de aplicación de las sumas obtenidas por la liquidación de las llamadas “herencias abintestato” –aquellas que recibe el Estado al no existir otros herederos-.
La regulación de las herencias abintestato, recogida en el Código Civil, había permanecido inalterada desde el siglo XIX y asignaba dos terceras partes de la herencia a instituciones municipales y provinciales “de beneficencia, instrucción, acción social o profesionales” del domicilio del fallecido. Con la nueva redacción del Código Civil, esas dos terceras partes se añaden a los fondos que se nutren de la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para fines sociales.
Este cambio permite un mejor control del destino de los fondos y un reparto más equitativo basado en un planteamiento integral de la acción social.
Ambas medidas legales se inscriben en el propósito del Gobierno de impulsar las políticas sociales destinadas a luchar contra la desigualdad y favorecer la inclusión social y han sido valoradas muy positivamente por las organizaciones representativas de los sectores más directamente afectados, como, por ejemplo, el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad.
'El programa 'Entre Todos' ha sido condenado en un juzgado'
Tal y como ha expuesto en un comunicado RTVE, el Fiscal solicitó al Juzgado no sólo que se declarase la vulneración del derecho, tal y como ha ocurrido, sino también la publicación de la sentencia en un programa de TVE de la misma relevancia que Entre todos, la retirada del programa de sus formatos digitales, el pago de una indemnización de 15.000 euros más intereses y la condena en costas de las codemandadas.
El Jugado entiende que sí existió vulneración, por lo que ha condenado a la corporación pública a la retirada del programa de la web de RTVE, pero esa medida ya se había llevado a cabo por parte de la cadena el mismo día que recibió la demanda, antes de cualquier orden judicial.
El resto de peticiones, incluida la de publicación de la sentencia y el pago de la indemnización, han sido desestimadas. Respecto a esta última petición, la sentencia expresamente declara que no se aprecia daño moral en el menor, por lo que no procede fijar cantidad alguna en concepto de indemnización, según ha explicado en un comunicado RTVE.
La sentencia, según ha recogido El País, considera que se utilizó la imagen de un niño enfatizando su discapacidad "con fines conmiserativos", además de dar informaciones "entroncadas con la curiosidad morbosa", como la esquizofrenia de la madre, el intento de asfixiarlo por parte de ésta y la retirada de la custodia, entre otros asuntos.
El pasado verano, TVE puso fin a este programa, que tenía diferentes frentes abiertos. El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi) había pedido que el programa de Toñi Moreno cesara sus emisiones, a raíz de las apariciones de niños y niñas con discapacidad. La Asociación Estatal de Directoras y Gerentes de Servicios Sociales y el Consejo General de Trabajo Social también se habían posicionado contra el magazine.
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