Jueves, Julio 04, 2024
   
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Condenan a 9 años de prisión al hombre que mató a su ex cuñado en San Pedro

El magistrado-presidente de la Audiencia Provincial en Cartagena, José Manuel Nicolás Manzanares, en base a los parámetros fijados por el jurado popular, ha determinado la condena de 9 años de prisión para Antonio C., como autor de la muerte, con dos disparos en el tórax, de su ex cuñado en octubre de 2009. Se trata de un delito de Homicido y, además, tendrá que indemnizar a la familia de la víctima con 180.000 euros.

 

 

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La sentencia considera que Antonio estuvo influenciado por las amenazas e intento de atropello que sufrió, que no actuó con alevosía y ensañamiento, pero que era consciente, al portar una pistola, que durante la discusión con su ex cuñado podría causarle la muerte.

El magistrado considera que Antonio C. recibió amenazas del hermano de la víctima y de su tío, ‘El Peca’ y que lo intentaron atropellar la tarde de los hechos. También da por hecho probado que el acusado cogió su pistola, que tenía en su domicilio, y que se dirigió a la casa de su ex mujer, donde se encontró con su hermano y se produjo una discusión en la que “aceptó que como consecuencia podría causarle la muerte con aquella pistola que portaba”.

Dice la sentencia:
“Antonio C. R. se dirigió al Barrio del Carmen de San Pedro del Pinatar, encontrándose en el mismo con el referido,____, un hermano de su ex mujer, y, manteniendo una breve discusión con él, Antonio C. R., representándose la posibilidad de que su acción produjera la muerte de ____, aceptando sus consecuencias, con aquella pistola que portaba, efectuó dos disparos contra el pecho y abdomen de ____, que falleció a las pocas horas como consecuencia de las heridas producidas por los dos referidos disparos.

“Antonio C. R. actuó bajo un estado emocional, provocado por aquellas amenazas e intento de atropello, que disminuía levemente su inteligencia y voluntad, impulsándole a una conducta irreflexiva de la que no fue por completo dueño de sus actos.”, confirma la sentencia y añade que, “los hechos anteriormente relatados, declarados y probados, son constitutivos de un delito consumado de homicidio”.

El magistrado considera que Antonio C., confesó los hechos y también intentó restaurar el daño causado a la familia, ofreciendo su casa a la familia de la víctima. El Jurado, por su parte, no ha considerado probado que existiera intencionalidad en los actos, pero si asegura que el acusado era consciente de que “dos disparos efectuados contra el tronco de una persona puede producir la muerte”.

 


En las calificaciones finales, la Fiscalía, representada por David Campayo, pedía una pena de 17 años y medio de prisión, aunque tras la decisión del Jurado, quedó en 11 años y medio. La Acusación particular, llevada a cabo por José Manuel Navarro, solicitaba una condena de 25 años y medio y la defensa, representada por Alberto Truque, de entre 3 y 7 años de prisión, según el delito por el que se le juzgara.


Finalmente, Antonio C. ha sido condenado a 9 años de prisión, al pago de una multa de 180.000 euros y a una prohibición de acercarse, durante cinco años posteriores a su condena, a menos de 500 metros a la familia de la víctima y queda suspendido el régimen de visitas con sus hijos.

 

 


Juzgado: Sección Quinta de la Audiencia Provincial en Cartagena.

Delito: Homicidio

Acusados: Antonio C.,  de 27 años de edad y de nacionalidad española. En prisión provisional por esta causa.

Petición de pena: La Fiscalía solicitaba 17 años de prisión. La acusación particular 25 y la defensa, de entre 3 y 7 años de condena.

Condena: Nueve años de prisión y el pago de una multa de 180.000 euros. Además, se le impone la prohibición de acercarse a la familia de la victima a menos de 500 metros durante cinco años posteriores al cumplimiento de la condena. A su vez, queda suspendido el régimen de visitas con sus hijos.


 

 

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