Miércoles, Julio 03, 2024
   
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Confirman la condena a un hombre acusado de agredir sexualmente a una menor en la Media Sala

La Audiencia Provincial mantiene la condena de año y medio de prisión contra un hombre acusado de agredir sexualmente a una chica en la Media Sala (Cartagena) y que recurrió al estimar que la víctima se equivocó en la identificación.
El Juzgado de lo Penal número 1 de Cartagena condenó, con fecha 4 de septiembre de 2009, a un hombre a un año y seis meses de cárcel por autor de una agresión sexual a una menor y a la multa de 270 euros por las lesiones. En el fallo declaraba probado que el acusado, con antecedentes penales no computables, abordó en la Media Sala de Cartagena, sobre las ocho menos cuarto de la tarde, a una chica de 14 años de edad. Después de agarrarla, amenazarla ("como chilles, te mato" y "cállate o va a ser peor") y ponerle una navaja en el cuello, la llevó hasta la calle Aguirre, donde la tiró al suelo, la arrastró y la estuvo tocando por encima de la ropa y dándole lametones en el cuello y en la cara, hasta que la chica le dio una patada en el estómago y consiguió zafarse, huyendo lejos del lugar.

El procurador y el abogado del acusado recurrieron a la Audiencia al considerar que había un error en la identificación de la chica. El tribunal responde que la chica ofreció en un primer momento en Comisaría las características del supuesto autor y varios datos sobre el vehículo que llevaba. La chica identificó con seguridad después al acusado en fotografías y en una rueda de reconocimiento, en la que el abogado de la defensa protestó porque su cliente era el único con pelo largo. Sin embargo, la Audiencia estima que el verdadero reconocimiento no fue el que tuvo lugar en Comisaría, "sino en la sede del juzgado de Instrucción, cuando se le exhibe a la víctima un reportaje fotográfico con fotos de cinco personas cuyo directo visionado por esta Sala permite apreciar la existencia de un evidente parecido entre los integrantes de dicho reportaje, especialmente entre los números 1, 2, 4 y 5 (...) siendo éste el momento en el que por primera vez la menor reconoce sin género de dudas a la persona que la atacó". También apuntó que después también la identificó durante el juicio.

El fallo también apunta que todos los reconocimientos de la menor, a pesar de su edad, "fueron siempre con plena seguridad y contundencia, sin duda alguna sobre la persona que la agredió sexualmente y sin que exista ninguna circunstancia (ocultación del rostro del agresor, oscuridad de la zona en la que se llevó a cabo el ataque, etc.) que pudiera justificar un posible error o duda en el reconocimiento llevado a cabo. Además, la menor ha tenido siempre un comportamiento correcto, pues cuando ha dudado así lo ha dicho, por lo que cuando ha reconocido igualmente debe considerase como sincera en su apreciación".

 

 

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