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El TSJ ha establecido en 7,6 millones de euros la cuantía de este impuesto que deberá abonar al consistorio y sin posibilidad de recurso, ya que se trata de una sentencia firme que ha sido notificada esta misma mañana.
La controversia se inició en 2011, cuando la empresa recurrió ante el juzgado de lo contencioso administrativo de Cartagena la resolución dictada en este sentido por el Consejo Económico Administrativo de la ciudad.
El juzgado dio la razón inicialmente a INITEC, lo que provocó el recurso del Ayuntamiento ante el TSJ.
La empresa pretendía dejar fuera de la valoración del impuesto la maquinaria instalada en la construcción de la central y someterse sólo a valoración las obras realizadas.
El consistorio entendía que la maquinaria forma parte fundamental y principal de esta obra, por lo que también debía incluirse en la liquidación.
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