El ministerio fiscal, en sus conclusiones, refleja que el acusado tuvo claro ánimo de obtener un beneficio ilícito y en momento alguno quiso cumplir con las obligaciones estalbecidas. El asunto surgió en junio de 2007, cuando un matrimonio vendió todas las acciones de una empresa de alimentación al ahora acusado, estableciéndose como precio de venta 210.000 euros. El acuerdo se plasmaba con un cheque nominativo de 60.000 euros y 12 pagarés por la cantidad restante. El acusado convenció a la pareja de que dijese ante el notario que ya habían recibido el cheque, pero no era cierto y tampoco lo recibieron en fechas posteriores, al igual que los pagarés fueron devueltos.
Esta situación ocasionó que una distribuidora de alimentación ejecutase un aval a la pareja, la cual optó por hacer una cesión del crédito al Cobrador del Frac en febrero de 2008. La Fiscalía piden cuatro de años de cárcel para el acusado más una multa de 6.000 euros, el pago a la pareja de 9.000 euros y a la entidad 'El cobrador del frac' de 237.339 euros más intereses legales.
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