Domingo, Julio 07, 2024
   
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Absuelto el acusado de amenazar a una pareja para que le dieran un euro

El juzgado de Lo Penal número 3 de Cartagena ha absuelto al hombre acusado de amenazar a una pareja en el Parque Torres hace año y medio, exigiéndole que le dieran un euro. El acusado, que estuvo defendido por Ángel Cegarra (en la foto), negó desde el primer momento haber estado ese día en dicho lugar. En el proceso ha sido importante el error cometido por agentes de la Policía Nacional a la hora de mostrar las fotografías de los sospechosos a las víctimas, que llegaron a identificar a dos personas distintas, anomalía que reprocha el juez en su sentencia.



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Como hechos probados se considera que el 12 de diciembre de 2011, una persona se acercó a una pareja que estaba en las inmediaciones del Parque Torres y les exigió un euro tras amenazarlos con una navaja. El juicio se celebró en el juzgado de Lo Penal número 3 de Cartagena, donde el acusado afirmó que no eran ciertos esos hecho y que no estuvo en el citado parque ese día. Por su parte, una de las víctimas dijo que llevaba una gorra, pero que le vio la cara, aunque en el reconocimiento policial identificó primeramente a otra persona, siendo en el juzgado cuando señaló al ahora acusado.

El magistrado Raúl Sánchez Conesa, en su sentencia, explica que en este caso confluyen la negativa categórica del acusado con el hecho de que las víctimas, pese a decir que reconocieron al agresor, se confundiesen inicialmente con una persona "cuyos rasgos no coinciden en absoluto con el ahora imputado". También recrimina a la Policía Nacional por haber 'viciado' la prueba del reconocimiento visual al mostrar por segunda vez fotos de posibles autores, que dio como resultado dos personas identificadas distintas cuando era sólo una. "Así, llegado el momento de la valoración de la prueba, el tribunal ha de enfrentarse con el problema complejo de decidir qué es lo que está probado y en qué términos, siempre que la actividad probatoria haya advenido por cauces de legitimidad". Finalmente, ante "la falta de un relato certero sobre cómo sucedieron los hechos", y la insuficiencia de la prueba de cargo practicada, el acusado es absuelto del delito de robo con violencia.

 

 

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