Domingo, Julio 07, 2024
   
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Tres años por canalizar el envío de cocaína a través de paquetes postales

Víctor A.L.I. ha sido condenado por la Audiencia a tres años de prisión como autor de un delito de narcotráfico, al facilitar el envío de paquetes de cocaína desde Panamá a direcciones de Cartagena y Fuente Álamo, siendo detenido en 2009 tras dos envíos controlados por Aduanas desde el aeropuerto de Barajas hasta su destino. Los otros dos imputados han sido condenados como cómplices.


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La Fiscalía solicitó inicialmente penas de cinco años de cárcel para los tres imputados, que después rebajó en el caso de Juana G.P.  tras acuerdo con María del Puy Martínez, su abogada. Por su parte, María Cristina Serrate pidió la absolución de Víctor y el abogado Ángel Cegarra también solicitó lo mismo para Carlos E.H.V.

El tribunal, integrado por Miguel Ángel Larrosa (presidente y ponente), José Francisco López y Rafael Ruiz, considera probado que el ecuatoriano Víctor A.L.I. se dedicaba a la importancia de paquetes postales desde Panamá que contenían droga (él mismo reconoció en el juicio que conocía el contenido de los paquetes), facilitando a personas no identificadas las señas de las direcciones donde debían ser remitidas. Así, es condenado en concepto de autor, mientras que Juana y Carlos, quienes facilitaron las direcciones de sus domicilios (su única actuación en esta causa) en Los Mateos (Cartagena) y Fuente Álamo, se les considera cómplices y no como autores al aceptar la petición de Víctor, además de que en uno de los casos iba a cobrar 50 euros por recibir un paquete.
Tras la vista oral, la fiscalía modificó su petición sobre Juana (de autora a cómplice), pero mantuvo la de Carlos. El tribunal estima que sí sabía que el paquete contenía droga, pero que al ser su participación sólo la de facilitar su dirección, su participación no supera a la de un cómplice, pues es el mismo caso que Juana.

Finalmente, se fijan las siguientes condenas:

- Víctor es castigado a tres años de prisión, multa de 9.000 euros y al pago de las costas como autor de un delito contra la salud pública.
- Carlos es condenado a un año y seis meses de prisión como cómplice, además del pago de las costas y de una multa de 2.500 euros.
- Juana tendrá que pagar una multa de 5.000 euros y las costas, además de ser condenada a un año de cárcel como cómplice.

 

 

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