La consejería de Sanidad y su aseguradora deberán indemnizar con doce mil euros a la familia de un hombre que fue operado de cáncer de recto en 2005 en el hospital del Rosell de Cartagena, dejándose olvidadas unas pinzas en el abdomen.
Tras desestimar el recurso la consejería de Sanidad, la viuda e hija del hombre acudieron a la vía judicial, considerando que se había producido un funcionamiento anormal por parte de los servicios médicos, ya no sólo por el olvido de las pinzas sino también porque tardaron casi un año en diagnosticar el cáncer. Por tal motivo, solicitaron una indemnización de 305.000 euros.
En la sentencia anexa se pueden leer los problemas que el hombre sufrió en las fechas posteriores a su intervención quirúrgica en el hospital del Rosell.
La sala de Lo Contencioso-Administrativo del TSJRM, en su sentencia, reconoce el error del olvido de las pinzas, aunque indica que no influyó en la evolución de la enfermedad y posterior fallecimiento nueve meses más tarde debido a las caracerísticas del material inerte del que está formada. El juez señala que el tratamiento aplicado fue correcto, pero que la enfermedad se desarrolló a gran velocidad.
No estima el retraso en el diagnóstico, reseñando que en marzo de 2005 se negó a someterse a unas pruebas. Sí reconoce que el olvido de las pinzas es "un anormal funcionamiento de lso servicios públicos sanitarios" con consiguiente daño moral, antijurídico, causado al paciente y a sus familiares, estimando que la indemnización debe fijarse en doce mil euros.
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