Un hombre ha sido condenado a nueves meses y un día de prisión, más el pago de las costas procesales, por permanecer en un bar en el que estaba su ex pareja, hacia la que tenía una prohibición de acercamiento.
El juzgado de Lo Penal número 3 de Cartagena condenó a este hombre a la pena antes indicada porque en abril de 2012 entró en un bar del polígono industrial de Roldán, donde estaba su ex pareja sentimental. Tomó una consumisión y se marchó, pero volvió minutos después. Entonces, la mujer avisó a la Policía, pues por una sentencia del juzgado número 4 de San Javier, se había fijado una orden de alejamiento de 300 metros y también de comunicación. Cuando observó que ella llamaba a la autoridad, le dijo: "No llames a la policía, no llamaes a la policía, ésta es mi zona, ya me voy", lo que también supuso vulnerar la segunda prohibición.
El juez de Lo Penal, con el agravante de reincidencia, lo condenó a nueve meses y un día de cárcel. El imputado recurrió a la sección quinta de la Audiencia Provincial, que ha confirmado el castigo.
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