Viernes, Julio 05, 2024
   
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"Merece pagar las costas por su mala fe"

La Audiencia Provincial en Cartagena rechaza perdonarle las costas a un hombre que fue condenado, por el juzgado de Primera Instancia número 5, a pagar los alquileres no satisfechos de una vivienda. El motivo de esa negativa es que su "mala fe resulta evidente y merecedora de la imposición de costas".

Anexo. La sentencia.

El juzgado de Primera Instancia número 5 de Cartagena, con fecha 23 de febrero de 2011, resolvió el contrato de arrendamiento entre las partes, condenando al demandado al pago de 5.400 euros, intereses legales desde reclamación judicial, así como a las rentas vencidas con posterioridad hasta la disposición de la vivienda a los actores, así como al pago de las costas causadas.

El condenado recurrió para que le quitasen las costas, pero la Audiencia, a través del tribunal integrado por los magistrados José Manuel Nicolás, Miguel Ángel Larrosa y Fernando Fernández-Espinar (ponente), lo rechaza de forma tajante.
"… la parte conocía debía satisfacer al haberse comprometido a ello con la periodicidad señalada en el contrato de arrendamiento, así como el reiterado impago de las cuotas, manteniendo la disposición de la vivienda hasta el mismo día del juicio, debe concluirse que su mala fe resulta evidente y merecedora de la imposición de costas".

 

 

 

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