Viernes, Julio 05, 2024
   
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Rebajas judiciales

La sección tercera de la Audiencia Provincial revoca una sentencia de amenazas de un hombre contra su ex mujer, a consecuencia de cambiar la llave de una vivienda, al considerar que se trató de una falta y no un delito.

El juzgado de Lo Penal número 1 de Cartagena condenó a un hombre como responsables de los delitos de coacciones y amenazas leves en el ámbito familiar a 40 días de trabajo a beneficio de la comunidad y una orden de alejamiento hacia su ex esposa de 300 metros durante dos años, además de obligar a entregar una llave de la nueva cerradura a la mujer, ya que este asunto surgió cuando cambió la cerradura de una vivienda situada en Tallante, la cual ambas partes discuten su carácter privativo o ganancial y que el acusado autorizado a la mujer a utilizar, con los hijos comunes, tras la separación. Sin embargo, en septiembre de 2011 cambió la cerradura y le dijo a la ex pareja: "si me denuncias, te haré la vida imposible", "te voy a matar", "ándate con cuidado", "voy a por ti", etc., según refleja como hechos probados el juez en su sentencia.

El hombre, quien alegó en el juicio que la mujer le había sustraído objetos y enseres de su propiedad, recurrió el fallo ante el Tribunal Superior de Justicia, resolviendo la sección tercera de la Audiencia Provincial, con la presidenta, María Jover Carrión, como ponente. El abogado Pignatelli Alix representó al hombre y Madrid Rosique a la mujer en este proceso.

La magistrada se basa en sentencias anteriores para anular la valoración de delito de lo sucedido y dejarlo en sendas faltas de amenazas y coacciones, revocando la pena establecida y dejándola en 8 días de localización permanente por cada una de las faltas y un año sin contacto entre las partes y con 300 metros de distancia en la orden de alejamiento.

 

 

 

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