Viernes, Julio 05, 2024
   
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Cuestión de colores

La Audiencia ha confirmado una sentencia del juzgado de Instrucción número 4 de Cartagena sobre un accidente en el que el debate se centra en los colores en que estaban dos semáforos.

El magistrado ponente, Miguel Ángel Larrosa, fue el encargado de resolver una sentencia de Instrucción que absolvió a un conductor y a su aseguradora (Mutua Madrileña) de una colisión, pese a que la declaración de un testigo respaldaba al denunciante.

El magistrado, en su sentencia, indica:

"Ciertamente no se discute ni que el denunciado sali?a por la derecha del apelante con una sen?al de ceda el paso en la vi?a por la que circulaba ni tampoco que el denunciante circulase por vi?a preferente. La discusio?n realmente ha quedado fijada exclusivamente en el color de la fase del sema?foro existente en la vi?a, dado que el apelante sostiene que lo paso? en a?mbar mientras que el denunciado entiende que lo paso? en rojo. Dadas las contradicciones sobre este extremo entre ambas partes el testimonio del Sr. Abilio era importante a los efectos de determinar la realidad de este hecho discutido. Sin embargo la juez a quo no lo valoro? como suficiente para destruir la presuncio?n de inocencia y esta Sala debe de confirmar tal apreciacio?n despue?s del visionado de la declaracio?n de este testigo grabado en el juicio de faltas celebrado. Ciertamente a preguntas del letrado del denunciante afirma que el Citroen Xsara paso? su sema?foro en a?mbar, pero despue?s, cuando responde a las preguntas del letrado de los denunciados, incurre en una contradiccio?n con su declaracio?n anterior, pues viene a manifestar que el vehi?culo del denunciante estaba a unos 60 o? 70 metros del sema?foro en a?mbar. Ello puede hacer suponer, junto con el testimonio de denunciante y denunciado de que los vehi?culos que circulaban por la vi?a principal en sentido contrario a la marcha del denunciante estaban parados en su sema?foro, que el mismo pudiese estar en fase roja cuando lo rebaso?. Y esta duda, que debera? ser resuelta y debidamente acreditada ante la jurisdiccio?n civil competente, no puede determinar en el seno de un proceso penal una sentencia condenatoria por la vigencia, tambie?n en el juicio de faltas, del principio de "in dubio pro reo" por lo que ha sido correcta la valoracio?n probatoria realizada en la instancia y acorde con los principios ba?sicos de todo proceso penal".

 

 

 

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