Viernes, Julio 05, 2024
   
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Alegó para no pagar que no habían terminado bien el trabajo, pero no lo demostró

Una sentencia del juzgado de Primera Instancia número 3 de Cartagena, referencia a la reclamación de 1.700 euros no abonados por un trabajo, ha sido confirmada por la Audiencia, pues considera que no está justificada la alegación de que no terminaron bien las instalaciones.

El pasado once de abril es cuando dictó la sentencia el juzgado de Primera Instancia, que le dio la razón a la empresa Mobiliario e Interiorismo Sevilla en su reclamación de 1.793 euros por los impagos de un trabajo que habían llevado a cabo. El hombre condenado recurrió ante la Audiencia, alegando que no pagó porque no le habían terminado bien los trabajos. El magistrado Matías Soria, ponente de la sección quinta de la Audiencia Provincial, con sede en Cartagena, indica en su sentencia que el fallo del juez de Primera Instancia debe ser confirmado debido a que la cafetera que el demandante dijo que no estaba bien anclada, tiene ahora en su espacio otra cafetera. Respecto al grifo que alega que sufre una pérdida, solo aporta una fotografía y no una prueba pericial. Y también resalta que no hay pruebas sobre las conexiones defectuosas de la vitrocerámica. Finalmente, establece que el pago de las costas corresponde al demandado.

 

 

 

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