Estaba con la baja médica, pero trabajó en las barracas de las fiestas de su pueblo. Esa circunstancia, ratificada en la investigación llevada a cabo por Halsall Detectives Privados, motivó el despido del trabajador, quien recurrió ante los tribunales. La letrada cartagnera Esther M. Guzmán Sánchez (en la imagen), en colaboración con Ana María Castejón, del despacho Tejada&Castejón Abogados, defendió los razonamientos de la empresa en un asunto en el que la jueza consideró que era ajustado a derecho el despido improcedente llevado a cabo por la entidad.
La mercantil había presentado al interesado carta de despido con carácter improcedente, al tener conocimiento de que uno de sus trabajadores, el cual se encontraba de baja por IT (incapacidad temporada) por tener que ser intervenido de una dolencia del menisco, fue visto por varias personas del pueblo trabajando en las barracas que se ponen en durante las fiestas.
La empresa contrató los servicios de Halsall Detectives Privados, para poder acreditar, en caso de que fuera necesario, lo que les había llegado a sus oídos, y mediante informe con las pertinentes grabaciones, fue presentado en el juicio celebrado en la sala del juzgado de Lo Social número 6 de Murcia el pasado 27 de abril, constatándose de que el trabajador de la mercantil había estado realizando durante varios días consecutivos las tareas de cocinero para la barraca del pueblo. Este extremo no fue negado por el trabajador en la vista oral, quien sí intentó acreditar que los trabajos no habían sido remunerados y que, por lo tanto, no se podía considerar que existiera un acto fraudulento contra la empresa.
Sin embargo, la jueza consideró en su sentencia que existía transgresión de la buena fe contractual con incumplimiento grave y culpable del trabajador, considerando ajustado a derecho el despido improcedente que había llevado a cabo la empresa.
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