Viernes, Julio 05, 2024
   
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Un administrador de fincas es despedido por una "justa causa"

La jueza de Primera Instancia número 3 de Cartagena ha rechazado la pretensión de un secretario-administrador de un complejo de viviendas de cobrar más de 28.000 euros por considerar que había sido cesado de sus funciones sin motivo. La defensa, que llevó el abogado Félix Sánchez (en la imagen), alegó que esta persona cometió diversas graves negligencias y percibía unos honorarios 'desorbitados' para la labor que llevaba a cabo. La magistrada ha estimado que el cese de su actividad fue por una 'justa causa', rechazando la demanda, contra la que se puede interponer recurso.




El juicio, ante la jueza de Primera Instancia número 3 de Cartagena, Rosario Gómez Soto, abordaba la reclamación de Pentágono Multiservicios contra el Complejo Inmobiliario Sabina Golf, que estuvo representada por el procurador Esteban Piñero y el abogado Félix Sánchez, reclamando 28.100,56 euros.

La parte actora alegaba que el secretario-administrador de la comunidad demandada tenía un contrato de trabajo para el período entre el uno de enero de 2009 y el 31 de diciembre de 2010, que fue refrendado en sendas asambleas de vecinos en julio y noviembre de 2008. Sin embargo, el 16 de noviembre de 2009 recibió un burofax del presidente de la comunidad indicándole que había sido cesado en su cargo, sin motivo alguno, reclamando entonces por la vía judicial más de cuatro mil euros por las cantidades no percibidas más una indemnización por rescisión unilateral del contrato de algo más de 24.000 eur.

La comunidad de vecinos se opuso a esa pretensión, alegando que hubo causa justificada por la negligencia profesional del secretario administrador, pues ha retenido los libros y documentos, no ha rendido cuenta de ejercicio alguno y porque existe un desequilibrio entre el dinero que pretendía cobrar y el trabajo que llevaba a cabo. "Parece una broma que el demandante se remita al libro de actos de la comunidad cuando es precisamente él quien tiene el libro, asunto por el que nos reservamos la adopción de medidas legales", expuso Félix Sánchez. Sobre el dinero que pretendía cobrar, expone que sólo administra cuatro piscinas y dos zonas de recreo, pues el resto de elementos comunes lo son de cada una de las comunidades independientes, y por administrar esa  nimiedad, pretende cobrar l16.800 euros.  Estatutos, libros de actas, facturas presentadas y reuniones que nunca tuvieron lugar son otros capítulos de las negligencias que los vecinos plantean en su defensa.

La jueza, tras examinar las pruebas, concluye que aprecia elincumplimiento contractual que invoca la parte demandada, "pues que el profesional que pretende cobrar sus honorarios profesionales no ha cumplido con las funciones mínimas que establece la Ley de Propiedad Horizontal", reza su sentencia. Matiza que no se está ante un incumplimiento total, sino parcial, por lo que corresponde es la reducción proporcional de los honorarios, pero no considera ajustada a derecho su reclamación. Respecto a la indemnización, no la estima al considerar que ha quedado acreditado el cese por justa causa. Finalmente, en el fallo, desestima la demanda, que puede ser recurrida en un plazo de veinte días.

 

 

 

 

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