Viernes, Julio 05, 2024
   
Texto


La falta de información a los inversores se sigue pagando

La entidad no advirtió de los riesgos que conllevaba la inversión, lo que conlleva la anulación del contrato y la devolución al inversor el dinero empleado en la adquisición de bonos de una multinacional. Bankinter ya tuvo que devolver 58.000 euros a una mujer por una inversión en un banco de Islandia y ahora es la CAM quien tendrá que hacer lo mismo con 134.395 euros que una octogenaria invirtió en Lehman Brothers. La lista se puede ampliar por otra demanda similar contra la CAM por otra inversión en la misma compañía de servicios financieros que está en marcha en Los Alcázares con la abogada María Dolores García León.

Enlaces vinculados:

Bankinter deberá pagar 58.000 por no informar de los riesgos de una inversión en Islandia

Un afectado de Los Alcázares por la quiebra de Lehman Brothers prepara una demanda contra la CAM


La más reciente sentencia se ha resuelto en la sección quinta de la Audiencia Provincial, en Cartagena, tras resolución de su presidente, José Manuel Nicolás Manzanares, contra el fallo anterior del juzgado de Primera Instancia número 2 que dio la razón a la entidad de ahorro. El abogado (Jaime Navarro) y el procurador (Rafael Varona) son los mismo que llevaron la causa anterior que le costó a Bankinter devolver 58.000 euros a una mujer cartagenera.

Ahora queda por conocer el deselance de la reclamación de un vecino de Los Alcázares, que ha contratado a la letrada María Dolores García León, para reclamar a la Caja de Ahorros del Mediterráneo las fuertes pérdidas económicas que sufrió por la quiebra de la compañía de servicios financieros Lehman Brothers Holdings Inc. Este hombre había invertido en bonos de Lehman Brothers a través de una oficina en Cartagena de la CAM y considera que debió ser alertado de la situación de la empresa estadounidense por parte de los profesionales de la entidad de ahorro, pues así lo establece la directiva sobre Mercados de Instrumentos Financieros (MiFID), que fijó un régimen regulatorio común para los servicios financieros en los 27 estados miembros de la Unión Europea y que entre sus objetivos tiene el de proteger a los inversores minoristas.

Hay otras sentencias sobre este asunto en otros lugares de España. El juzgado de Primera Instancia número 87 de Madrid condenó a Bankinter a resarcir con la totalidad o una parte a los 87 clientes que le demandaron. La base de la sentencia es que esta entidad bancaria "no supo calibrar bien el riesgo de insolvencia del emisor (...) y adoptó una conducta de compás de espera (...) sobre la obligación de información masiva a todos sus inversores". Esta sentencia ha sido recurrida por Bankinter. Altae-Caja Madrid y Citibank fueron condenados, respectivamente, por juzgados de Madrid y Badajoz por el mismo motivo, mientras que un juzgado de Barcelona sí absolvió a Crédit Suisse al demostrarse que había informado a los clientes.

 

 

Prohibida la publicación de fotografías de este diario digital con la marca 'CYA' en cualquier publicación o en Internet sin autorización.

 


 


Banner
Banner


Banner
Banner
Banner

Login Form

Este sitio utiliza cookies de Google y otros buscadores para prestar sus servicios, para personalizar anuncios y analizar las visitas en la web. Google recibe información sobre tus visitas a esta página. Si visitas esta web, se sobreentiende que aceptas el uso de cookies. Para mas informacion visite nuestra politica de privacidad.

Comprendo las condiciones.

EU Cookie Directive Module Information