Jueves, Julio 04, 2024
   
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Los bancos no podrán adjudicarse viviendas por menos del 60% del valor de tasación

El Consejo de Ministros aprobó este viernes un decreto que regulan los anuncios hechos por el presidente Zapatero durante el reciente Debate sobre el Estado de la Nación sobre las viviendas embargadas por impago de la hipoteca. Así, se eleva la cantidad inembargable hasta los 960 euros.

El decreto incrementa la cuantía de los ingresos inembargables cuando, una vez ejecutada la hipoteca y vendido el bien, queda todavía un saldo vivo de deuda. Si hasta ahora la cuantía inembargable se limitaba al salario mínimo interprofesional (SMI), más un 10% en el caso de estos deudores, ahora esa cuantía se elevará hasta el 150% del SMI. Es decir, de poco más de 700 euros hasta 960 euros.

Además, si existen otros familiares sin ingresos, o con ingresos inferiores al SMI, esa cuantía se eleva en un 30% adicional por cada uno de esos familiares. Así quien tenga a cargo dos miembros de su familia sin ingresos propios verá elevado el límite de inembargabilidad hasta 1.350 euros.

La segunda parte del decreto reforma el sistema de subasta de viviendas embargadas, pretendiendo evitar situaciones abusivas. En primer lugar, se facilita el acceso de más compradores a esa subasta, mediante la disminución de la cuantía del depósito previo; y, en segundo lugar, se eleva el límite mínimo por el que el acreedor puede adjudicarse el bien del 50% actual al 60%, y se elimina la posibilidad actual de que en determinados casos el acreedor pudiera adjudicarse el bien incluso por debajo de esos límites.

 

 

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