Jueves, Julio 04, 2024
   
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Confirmada la sentencia por las cajas que le cayeron a una mujer en un restaurante

La sección quinta de la Audiencia Provincial ha confirmado la condena a una compañía de seguros por las lesiones producidas a una mujer, a la que se le cayeron unas cajas de cerveza tras sufrir un traspié en un restaurante y que presentó una demanda a través del letrado unionense Carlos Bernabé (en la fotografía). El tribunal de la Audiencia considera que las cajas no estaban bien colocadas y califica de "impecable" la sentencia de Primera Instancia número 2 de Cartagena, de la que sólo varía la indemnización al no haberse presentado justificantes de una parte de la fase de rehabilitación. La mujer recibirá finalmente una indemnización de 3.778 euros.

Enlace vinculado:

Una mujer será indemnizada por las cajas que se le cayeron encima en un restaurante

La mujer acudió a los servicios del establecimiento, los cuales hay que acceder subiendo unos escalones y sufrió una caída, tras la cual unas cajas de cerveza que estaban apiladas entre los servicios de caballeros y señoras, se le cayeron encima, produciéndole lesiones de las cuales tardó en curar 132 días. La compañía aseguradora del establecimiento alegó que la mujer sufrió una caída fortuita, pero tras la valoración de hechos por parte de la Audiencia y revisando el video del bar y las declaraciones de los testigos durante el juicio, considera que aunque la caída fuera a consecuencia de un traspié, la colocación de las cajas de cerveza no era la adecuada debido a la estrechez del sitio y que podía ocasionar algún accidente. Esa primera sentencia impuso una indemnizaciónde 6.534,07 euros.

La aseguradora Catalana Occidente recurrió tanto la valoración de la caída como la cifra de la indemnización. Respecto a la caída, la Audiencia confirma la valoración "del correcto análisis jurídico" de la sentencia, que en uno de sus párrafos dice:

“ […] Ello implica que, cualquiera que sea la causa por la que se produjo la caída de las cajas apiladas (tropezón de la actora, mero roce de las cajas al pasar o mala colocación de éstas), lo cierto es que el daño sufrido por la actora tiene directa relación de causalidad con la situación en dicho lugar de paso de las cajas. La ubicación de éstas en el acceso al cuarto de baño es claramente inadecuada, pues basta considerar el hecho de la misma caída de las cajas sobre la actora para determinar lo inadecuado de su colocación en dicho paso y la generación de un peligro para los clientes que usan dicha zona, pues es evidente que las cajas no estaban colocadas de forma que no fuera posible su caída ante una situación imprevista como podía ser un tropezón contra ellas de uno de los usuarios del bar. Es en este punto donde radica la negligencia del propietario del bar que delimita el nexo causal entre la acción imputable al mismo (colocación de una serie de cajas en un lugar potencialmente peligroso) y el daño sufrido por la actora”.


Sobre la cantidad a pagar, el tribunal de la Audiencia, a través del ponente Miguel Ángel Larrosa, indica que resulta "evidente la relación de causalidad entre las lesiones y el accidente", pero reduce la cifra anteriormente señalada en base a que hay una serie de sesiones de rehabilitación no acreditadas, pasando de 6.534,07 a 3.778 euros.

 

 

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