Jueves, Julio 04, 2024
   
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Denunció a su marido por injurias y acabó siendo ella la condenada

Una mujer ha sido condenada por una falta de vejaciones hacia su marido, con quien está en trámites de separación, en una causa que se inició por una denuncia por el mismo concepto contra el hombre, quien pasó una noche en el calabozo de Comisaría. Durante su posterior declaración ante el titular del juzgado de Violencia sobre la Mujer número 1 de Cartagena es cuando aportó las pruebas de que era él quien recibía insultos, iniciándose entonces la acción judicial contra la ex esposa.
La historia tiene su inicio el 31 de octubre pasado, cuando el hombre tiene un altercado de tráfico y se persona en estado de embriaguez en el domicilio familiar, en el que reside la esposa, para reclamar una documentación que le habían requerido. En presencia de agentes de la Policía Local de Cartagena, lanza gritos exigiendo que le abran la puerta, la cual golpea varias veces. La mujer presenta una denuncia contra el hombre, quien es detenido y pasa la noche en Comisaría. Al día siguiente declara como imputado en una falta de Injurias ante el juez, fiscal y los abogados de ambas partes, siendo María Dolores Cayuela y Miguel Fuster quienes le representan a él.

El hombre reconoce que golpeó la puerta y su estado de embriaguez, pero niega que haya injuriado a su pareja, asegurando que era él quien recibía insultos, para lo que aporta como prueba una grabación que lleva en su teléfono móvil de una llamada que le efectuó la mujer y en la que le dirigió varios insultos. Entonces, sus abogados le informan que puede también denunciar ese maltrato verbal, lo que hace, por lo que la causa sigue adelante con denuncias mutuas.

El fiscal solicita para cada uno penas de 6 días de trabajos en beneficio de la comunidad y sendas órdenes de alejamiento de 300 metros durante seis meses. Los letrados de ambas partes se adhieren a estas propuestas, salvo que cada uno pide la absolución de sus clientes.

El magistrado, en su sentencia, a la que ha tenido acceso 'Cartagena de Ley', considera que las frases vertidas por la mujer hacia el hombre son "afrentosas" y constitutivas de una falta de Vejaciones Injustas de carácter leve, siendo condenad a 6 días de trabajos en beneficio de la comunidad, abono de las costas y a no acercarse a su marido durante seis meses.

En lo referente al hombre, el juez le absuelve al considerar que las frases que pronunció mientras golpeaba la puerta no eran "blasfemias", apoyándose en esta conclusión en el testimonio de los policías, que aseguran que en modo alguno insultó a la esposa en su presencia.

El fallo judicial puede ser recurrido en apelación por las partes.

 

 

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